
La reforma laboral de 2021 triunfó allí donde la aprobada una década antes por el Gobierno del PP fracasó rotundamente: alcanzando un acuerdo que equilibraba las demandas de Bruselas y las de patronales y sindicatos. Este hito no fue posible sin que todas las partes aceptaran una serie de líneas rojas que, un año después, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, no está dudando en traspasar.
Dos años antes, en su acuerdo para constituir el Gobierno de coalición, PSOE y Unidas Podemos habían renunciado a derogar en su integridad la norma de 2012 y se limitaron a los "aspectos más lesivos", como el despido en caso de bajas por enfermedad, o varias cuestiones clave en la negociación colectiva como el fin de la ultraactividad, la prioridad de los convenios de empresas o la facilidad para los descuelgues.
Aunque la norma pactada a cierre de 2021 tenía como objetivo principal limitar la temporalidad y mejorar la 'calidad' del empleo, las líneas generales de aquella corrección también parecían quedar recogidas, si bien quedaron flecos pendientes entre los interlocutores sociales.
Los empresarios parecían los más satisfechos. Pese a las discrepancias en otros apartados de la política laboral, como las pensiones y el SMI, CEOE siempre se ha mantenido fiel a la reforma que firmaron y ha defendido su aplicación incluso entre las dudas de los empresarios.
CCOO y UGT, por su parte, han defendido avanzar "más allá" en otras cuestiones que quedaron fuera. En especial, las indemnizaciones por despido y la autorización administrativa previa de los EREs.
Paradójicamente, ha sido la propia ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, la que ha roto este equilibrio, decantándose con cada vez mayor claridad hacia las posiciones de los sindicatos.
Para ello ha desarrollado lo que en fuentes del diálogo social consideran "maniobras envolventes" para sortear los recelos no solo de los sindicatos, sino de otras facciones del Gobierno, como la que representa la vicepresidenta económica, Nadia Calviño, vigilante de que nada de lo que se pacte contravenga los acuerdos con Bruselas.
Encarecer selectivamente el despido
Aparentemente, durante los primeros meses de vida de la reforma, los mayores desencuentros entre la patronal y Trabajo se habían ceñido a cuestiones ajenas a la reforma laboral y al Estatuto de los Trabajadores, como el SMI. Pero a partir de ahí, el escenario cambia.
El giro se hace más y más evidente desde que a finales de julio la Comisión Europea aprobó el desembolso de 12.000 millones del segundo tramo de fondos vinculados al cumplimiento de los compromisos de reformas realizados por España en 2020: entre las más destacadas figuraba la reforma laboral. Sin embargo, desde antes ya se detectan señales de que Díaz estaba "moviendo fichas".
La primera se produce en junio, cuando en el marco de una comparecencia parlamentaria la ministra plantea por primera vez la posibilidad de establecer indemnizaciones por despido diferentes en función de las circunstancias de los trabajadores. En apariencia, lo plantea como una alternativa "en estudio" a la propuesta de grupos como ERC y BNG de volver a la indemnización de 45 días por despido improcedente previa a la reforma laboral de 2012.
Sin embargo, hay una clave de este anuncio que en su momento pasó desapercibido: en marzo, UGT había presentado una denuncia ante el Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa (CEDS) contra el actual sistema español de despido. Para poder realizarla, aprovechó una modificación de los reglamentos que fue introducida en la propia reforma laboral.
La denuncia fue finalmente admitida a trámite en octubre, y ahí fue cuando Díaz volvió a anunciar su idea del 'despido a la carta' que vinculó a la discriminación de mujeres y trabajadores de mayor edad, aunque la mayoría de expertos alertan de los efectos negativos de un encarecimiento selectivo del empleo entre esos colectivos.
El Gobierno no ha hecho públicas sus alegaciones al Comité (el plazo concluía el 30 de noviembre), aunque es muy probable que el Comité falle en conta de la legislación española, como ya hizo en el caso de Francia en septiembre. De esta forma, Díaz tendría un enorme aval a su reforma del despido: que el Consejo de Europa diga que en España la regulación actual contraviene la Carta Social Europea.
Ambigüedad calculada
Aunque este cambio legal se aprobaría previsiblemente en 2023, hay otro ajuste a la reforma laboral, reclamado también por los sindicatos, que entrará en vigor mucho antes. Se trata de la 'recuperación' de la autorización administrativa previa a los despidos colectivos.
Como en el caso del despido de 45 días, Trabajo ha buscado una fórmula alternativa que no deroga la reforma laboral del 2012 y que se basa en reforzar el papel de la Inspección para valorar las causas de los despidos colectivos.
Esta modificación ha sido pactada al margen del diálogo social, directamente con Bildu, como enmienda a la Ley de Empleo. Los expertos consideran que, aunque no se vuelve a la antigua fórmula, su redacción choca tanto con la doctrina del Supremo sobre la prohibición del despido, como con el propio papel de la jurisdicción social en los despidos colectivos.
A corto plazo, la consecuencia es que disparará la litigiosidad y la inseguridad jurídica de las empresas, precisamente algo que el Gobierno se comprometió con Bruselas a evitar en el marco de sus reformas en el mercado laboral.
En este sentido, sí pondría en cuestión el próximo desembolso de fondos europeos de 6.000 millones de euros, ya que España se comprometió a no imponer obstáculos desproporcionados" a los ajustes de las empresas, aunque Díaz ha convencido al PSOE –firmante también de la enmienda– de que con esta ambigua redacción de la enmienda no existe tal riesgo.
Díaz defiende que esta modificación estaba incluida en el Plan de la Inspección de Trabajo, pactado con patronal y sindicatos a finales de 2021. El texto habla de cambios legales para reforzar el papel de los inspectores, pero ni siquiera en la negociación de la reforma laboral se planteó y la CEOE niega haber recibido ningún tipo de información al respecto.
Otras fuentes consultadas por elEconomista.es afirman que una fórmula similar a esta se barajó posteriormente, durante la negociación del reglamento de los nuevos ERTEs y el Mecanismo RED, pero se descartó porque al no tratarse de normas con rango legal no podían modificar el artículo 51.2 del Estatuto de los Trabajadores como sí hace la enmienda firmada con los nacionalistas vascos.
Límites al poder del empresario
En cualquier caso, los cambios irán más allá en los próximos meses. Una de las cuestiones pendientes es la regulación de las "modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo" introducida en 2012.
El texto del acuerdo de coalición acaba con esta potestad "unilateral" del empresario, pero no se vio alterada por la reforma laboral. En buena parte, para no restar flexibilidad a las empresas en un momento en el que la pandemia seguía estando muy presente. Por ello, el Gobierno lo derivó a futuras fases del diálogo social, ahora fracturado.
Sin embargo, la escalada inflacionista ha llevado a que muchas empresas recurran a esta fórmula para modular el impacto de la subida de precios en los salarios, ya que se trata de una forma mucho más flexible que la de los descuelgues de convenio.
La intención de Díaz sería cortar esta vía de ajuste a las empresas, aunque la fórmula no está clara. Existe el riesgo de que Bruselas interprete, como en el caso de los despidos colectivos, que España impone dificultades desproporcionadas a las empresas, lo cual bloquearía nuevos pagos en 2023.