
Para conseguir el cobro de una pensión de incapacidad permanente el solicitante debe pasar por una serie de pasos dentro de un proceso que puede ser largo (a la espera de la incapacidad temporal se le pueden añadir hasta 135 días hábiles). De entre todas esas fases destaca la del tribunal médico, el que quizá sea el paso más temido del procedimiento.
Basados en verdades, medias verdades o directamente mentiras, lo cierto es que sobre el tribunal médico se han contado múltiples relatos que le han conferido un aura de misterio y ha provocado cierto temor de los solicitantes de pensión de incapacidad permanente a que, en el momento del examen de los miembros del tribunal, se sienta como una especie de impostor al que van a descubrir tras las pruebas pertinentes.
Pero nada más lejos de la realidad: por mucho que se ha escrito y dicho acerca de la intención de los tribunales médicos, lo cierto es que su único objetivo es conocer si el solicitante merece una pensión de incapacidad permanente y, en ese caso, dictaminar el grado de la misma.
De hecho, este dictamen es muy importante de cara al proceso pero no es vinculante y, por lo tanto, no es definitivo. A pesar de lo que recomiende el tribunal médico la última palabra recae en la dirección provincial de la Seguridad Social, que podrá seguir la línea del tribunal (es cierto que esto sucede en buena parte de los casos) o tomar su propio camino al margen de esa recomendación.
Sea como fuere, todo lo que el tribunal pregunta o requiera al ciudadano no tiene el objetivo de dejarle en evidencia. O lo que es lo mismo: la mecánica del tribunal no pretende ser un juicio para tumbar los argumentos del solicitante, aunque se haya formato un relato parecido en torno a su figura. Simplemente, la decisión de otorgar o denegar una pensión de incapacidad permanente es sumamente importante (de hecho, puede cambiar la vida de esa persona) y por eso es preciso que se exploren todos los aspectos posibles para recomendar o denegar la pensión con la mayor justicia posible.
¿Qué valora el tribunal médico para dar pensión?
El bufete especializado Campmany Abogados explica en su página web cuáles son las claves que tiene en cuenta un tribunal médico para dar su aprobación a una pensión de incapacidad permanente o en caso negativo desprobar su concesión.
La que quizá sea la principal premisa que valora el tribunal médico es la influencia de la enfermedad o dolencia que ha llevado al solicitante allí en su vida laboral y su vida cotidana. Esto es clave, porque en función de esa influencia se puede no solo recomendar la pensión, si no qué tipo de grado de incapacidad. Si la enfermedad le inhabilita para todo tipo de trabajo o le permite reciclarse con otras funciones, si necesita ayuda de terceros para actos cotidianos...
Conocer esa influencia no es sencillo, por lo que el tribunal explora varias vías de investigaciones. Por eso es habitual que requieran al solicitante de la pensión la realización de determinados ejercicios (especialmente en casos de dificultades motoras). Esto, que suele generar malestar en los examinados, no debe tomarse como algo humillante: es solo una más de las pruebas necesarias para emitir un dictamen apropiado.
En paralelo, los integrantes del tribunal médico preguntarán al solicitante acerca de su vida cotidiana y su vida laboral. Si necesita ayuda de terceros, sus funciones en la empresa, sus problemas a la hora de desempeñarlas con la aparición de la enfermedad, la posibilidad de hacer otras funciones dentro de la misma...
Por último y no menos importante: es clave saber si el trabajador tiene opciones de mejorar de esa enfermedad que le ha llevado al tribunal médico. Esta puede ser, por ejemplo, la diferencia entre una incapacidad parcial (que tiene un único pago y se diferencia de otros grados) o una total, y será un aspecto muy a tener en cuenta incluso de cara a posibles revisiones del pensionista si finalmente se le concede la prestación.