Economía

Este es el complemento en las pensiones de jubilación de las mujeres (y unos pocos hombres)

  • Se destina contra la brecha de género y es de casi 400 euros por hijo
  • Es también aplicable en pensiones de incapacidad permanente y viudedad
  • Los hombres deben acreditar efectos perjudiciales en su carrera laboral
Foto: Dreamstime.

Las pensiones contributivas de jubilación tienen el objetivo de otorgar al trabajador una cobertura económica después de toda una vida laboral dedicada a cotizar a la Seguridad Social. Una vida laboral que, en el caso de las mujeres, se puede ver interrumpida de forma significativa a causa de la maternidad.

Esta circunstancia no pasa desapercibida para el sistema de pensiones español, que proporciona a las mujeres un complemento en sus pensiones de jubilación (también en las de incapacidad permanente o viudedad) para compensar los parones en la cotización derivados del embarazo, lactancia y/o crianza de sus hijos y que, a la postre, han repercutido negativamente en la cuantía de la pensión.

Es lo que se conoce como el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones y que, como define la Seguridad Social en su página web, "está relacionado con el posible perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a, sufrido de forma abrumadora por las mujeres, y es una de las principales causas de la existencia de la brecha de género en la cuantía de la pensión".

Aunque el gran destinatario de este complemento es, por razones obvias, el colectivo de pensionistas femeninas (el Gobierno estimó que el 94% de los potenciales beneficiarios eran mujeres), es posible cobrar este complemento siendo hombre, aunque para ello es indispensable acreditar que el nacimiento de un hijo tuvo efectos negativos en la carrera de cotización del solicitante.

El nuevo complemento vino a sustituir al anterior complemento por maternidad, que solo concedía ayudas a partir del segundo hijo. Con su puesta en marcha en 2021 las mujeres pueden disfrutar de él desde el primer hijo y el complemento estará en vigor al menos hasta que la brecha de género (según cálculos del Gobierno en marzo estaba en el 19%) disminuya por debajo del 5%.

Eso sí, solo pueden cobrarlo las personas que generen derecho a pensión a partir del 4 de febrero de 2021, fecha en la que entró en vigor. Las pensionistas que percibiesen el anterior complemento por maternidad seguirán haciéndolo de la misma forma que antes y no podrán pasar al 'nuevo'.

Cuantía del complemento para reducir la brecha de género

Este complemento se abona, al igual que las pensiones contributivas, en 14 pagas, y se paga en las pensiones de jubilación, incapacidad permanente y viudedad. Su cuantía es de 28 euros mensuales por hijo, por lo que quedan de la siguiente forma:

-28 euros mensuales por un hijo, 392 euros anuales.

-56 euros mensuales por dos hijos, 784 euros anuales.

-84 euros mensuales por tres hijos, 1.176 euros anuales.

-112 euros mensuales por cuatro o más hijos, 1.568 euros anuales.

Requisitos del complemento para reducir la brecha de género

Con carácter general se exigen dos requisitos a las beneficiarias de este complemento para reducir la brecha de género:

-Estar adscrito a un régimen de la Seguridad Social y pedir una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.

-Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.

Los trabajadores masculinos también tienen derecho a recibir el complemento, pero deben cumplir con una serie de requisitos muy concretos. Además, deben saber que en el caso de que los dos miembros del matrimonio o pareja tengan derecho al complemento, se abonará a la persona que tenga una pensión de menor cuantía.

-Para nacimientos anteriores a 1995 se deben demostrar al menos 120 días de ausencia de cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores.

-Para nacimientos a partir de 1995 la suma de las bases de cotización de los 24 meses posteriores al nacimiento debe ser al menos un 15% inferior a la suma de las bases de cotización de los 24 meses anteriores al nacimiento.

Cómo solicitar el complemento para reducir la brecha de género

Este complemento para reducir la brecha de género debe solicitarse a la vez que la pensión de jubilación. Para hacerlo la Seguridad Social da dos opciones:

-A través del portal 'Tu Seguridad Social', aunque para ello es preciso disponer de un certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), DNI electrónico o Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente).

-En la plataforma online de trámites de pensiones (disponible en este enlace) que permite la solicitud de pensión (junto con la del complemento) adjuntando toda la información que se pide y sin necesidad de disponer de un certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.

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