Economía

Así es la pensión de los artistas en España

  • La Seguridad Social no aplica coeficientes reductores a los artistas
Foto: Dreamstime.

Al igual que los miles de trabajadores convencionales, los artistas españoles también pueden adelantar su jubilación antes de que tengan la edad ordinaria vigente. Además, debido a que forman parte de un grupo profesional "determinado", la Seguridad Social no aplica coeficientes reductores en la pensión a percibir. De esta forma nos preguntamos cómo es la jubilación de Serrat, Sabina o de Raphael, entre otros.

En esta línea, en 2022 la edad ordinaria de jubilación en España es de 66 años y dos meses para las personas que han cotizado menos de 37 años y seis meses y de 65 años para los trabajadores que sí han llegado a ese objetivo de cotización.

La normativa de pensiones, sin embargo, permite jubilaciones de forma anticipada con carácter general a partir de los 61 años, aunque en algunos casos el adelanto del retiro profesional puede ser incluso mayor.

De esta forma, artistas de renombre de la escena cultural española como Pedro Almodóvar (72 años), Joaquín Sabina (73 años), Marisa Paredes (74 años), Carmen Maura (75 años), Joan Manuel Serrat (78 años) Julio Iglesias (78) años, Raphael (79 años), tienen una edad suficiente como para haber accedido a la jubilación, entre otros muchos artistas.

Artistas sin coeficientes reductores

La Seguridad Social establece que los cantantes, bailarines y trapecistas podrán causar la pensión de jubilación a partir de los 60 años de edad, sin aplicación de coeficientes reductores, cuando hayan trabajado en la especialidad un mínimo de 8 años durante los 21 anteriores a la jubilación.

De esta forma, los cantantes y artistas que deseen acceder a la jubilación de ese modo, deben cumplir con unos requisitos previos. El resto de artistas tiene la posibilidad de jubilarse también a partir de los 60 años de edad, pero con una "reducción de un 8% en el porcentaje de la pensión que le corresponda; por cada año que le falte para cumplir la edad ordinaria exigida en cada momento", explica el portal TodoDisca.

Pensión y actividad vigente

Existen muchos artistas que continúan su actividad más allá de la edad ordinaria de jubilación. Para ellos y ellas, la Seguridad Social aprobó recientemente la regulación de compatibilidad entre la jubilación y la actividad de creación artística.

En su artículo tres, la norma establece "un régimen de compatibilidad de la actividad artística con el 100% de la jubilación, el complemento por maternidad y los porcentajes adicionales reconocidos por jubilación con edad superior a la ordinaria», recuerdan desde la Administración Pública.

Cuando se produce esta compatibilidad, el artista en cuestión mantiene la condición de pensionista, explica el medio. A su vez, contribuye con el sistema de pensiones mediante cotizaciones a la Seguridad Social. Igualmente, tendrá derecho a incapacidad temporal y contingencias profesionales.

Finalmente, es necesario aclarar que es incompatible con la pensión de jubilación si realiza otro trabajo diferente a la profesión artística en cuestión.

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