
El sistema especial de Empleados de Hogar es, como su propio nombre indica, un tanto especial. La razón es la peculiar naturaleza de este grupo (formado mayoritariamente por mujeres) integrado en el Régimen General, que se rige por normas y mecanismos en varios aspectos como, por ejemplo, el del salario.
Debido a que en muchas ocasiones las trabajadoras de este sistema especial trabajan por horas y están expuestas a cambios periódicos en sus remuneraciones, la Seguridad Social vigila no solo que estos salarios se ajusten a la normativa (por lo menos igualados al Salario Mínimo Interprofesional), sino que se comuniquen de forma correcta.
El organismo ha explicado en su perfil de atención a la ciudadanía de la red social Twitter que cualquier cambio en la remuneración de las empleadas de hogar debe ser debidamente comunicada para su actualización en la base de datos del sistema.
Tener actualizado el salario de una empleada de hogar es importante porque refleja de forma verídica cuál es la situación de esta trabajadora, pero además también es clave en materia de cotizaciones: en función del salario declarado la cuota a la Seguridad Social de estas empleadas podrá ser diferente al modificarse la base de cotización. Esto, lógicamente, será determinante de cara a la futura pensión de jubilación de estas ciudadanas.
Cómo actualizar el salario de las empleadas de hogar
Para modificar el salario de las empleadas de hogar se puede usar Import@ss, la plataforma de trámites online de la Seguridad Social. En concreto, accediendo a su servicio 'Modificación de datos laborales en empleo de hogar', al que se puede ingresar desde este enlace.
Este trámite quedará reservado para la persona encargada del ingreso de las cuotas. En la mayoría de los casos esto corresponderá al empleador, pero cuando se trabaje menos de 60 horas al mes podrá (previo acuerdo entre las dos partes) corresponder a la empleada.
En todo caso, el encargado de hacer el trámite tendrá que comunicar cuál es el nuevo salario. En este campo también se pueden modificar otros aspectos de la relación laboral como el horario, el tipo de jornada...siempre dentro de los tres días naturales a la fecha en la que el cambio sea oficial.
Para poder realizar estas modificaciones el interesado debe contar con un certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), DNI electrónico, Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente) o ejecutar el trámite vía SMS, aunque para esto el número de teléfono móvil debe estar registrado en la base de datos de la Seguridad Social.