
De los más de 700.000 ciudadanos que actualmente perciben en España un subsidio por desempleo (datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social) una parte importante cobra el subsidio para mayores de 52 años, que aparece destinado para las personas que, sin derecho a paro o agotado un subsidio, llegan a esa edad sin haberse reintegrado en el mercado laboral y sin recursos.
Para percibir este subsidio, al margen de la edad, hay que cumplir una serie de requisitos: estar en una situación legal de desempleo, no tener derecho (salvo por la edad) a una pensión de jubilación o no tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional en cómputo individual o sumando las rentas de la unidad familiar y dividiéndolas entre el número de miembros.
Además, el ciudadano debe estar inscrito como demandante de empleo (algo que se puede hacer de forma sencilla siguiendo estos pasos) y también debe suscribir el compromiso de actividad con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Con estos requisitos acreditados, el trabajador o trabajadora de 52 años o más solamente podrá cobrar el subsidio cuando se den alguna de las cinco siguientes circunstancias, que funcionan como una especie de causas que dan derecho al cobro de esta ayuda asistencial. El SEPE explica cuáles son en su página web:
-Haber agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro) o el subsidio por desempleo.
-Entrar en una situación legal de desempleo tras haber cotizado por desempleo por un periodo de entre 90 y 359 días, lo cual daría derecho en otros casos al subsidio por cotizaciones insuficientes.
-Regresar a España tras haber trabajado al menos 12 meses dentro de los seis últimos años (en ningún país perteneciente a la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo) y sin que tenga derecho a cobrar el paro a su vuelta.
-Ser declarado con una incapacidad permanente en su grado parcial o plenamente capaz después de un proceso de revisión de su anterior grado de incapacidad permanente.
-Quedar en libertad después de una pena privativa de libertad en una cárcel por un periodo de al menos seis meses y sin que al salir se tenga derecho a cobrar el paro.
Cualquiera de las personas que, con 52 años o más, se encuentre en alguna de estas situaciones podrá pedir el cobro del subsidio para mayores de 52 años al SEPE. En el caso de que, encontrándose en estas situaciones, con una edad inferior se le guarda al trabajador el derecho a cobrar el subsidio cuando llegue a la edad si mantiene el cumplimiento del resto de requisitos anteriormente mencionados.
Cuantía del subsidio para mayores de 52 años
Las personas que perciban el subsidio para mayores de 52 años deben saber que durante todos los meses que lo cobren tendrán una cuantía garantizada consistente en el 80% del IPREM, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
En 2022 este 80% del IPREM es de 463,21 euros mensuales.
Duración del subsidio para mayores de 52 años
A diferencia de otros subsidios por desempleo, el subsidio para mayores de 52 años no tiene una duración definida, ya que se puede cobrar hasta la edad ordinaria de jubilación, momento en el que el ciudadano pasará a cobrar su pensión contributiva de jubilación.