Economía

Así te puede beneficiar la 'mili' si te jubilas de forma anticipada

  • Las personas que la hicieron pueden contarse un año cotizado
  • Sirve también en los casos de prestación social sustitutoria
  • Es válida para las modalidades voluntaria e involuntaria
Foto: Dreamstime.

La jubilación anticipada no se encuentra al alcance de todos los trabajadores debido a que exige ciertos requisitos de forma que se compense el adelanto en el retiro profesional. Una de esas condiciones a acreditar es la acumulación de un nivel concreto de cotización que difiere en función de la modalidad de jubilación anticipada. Pero no todo son problemas: muchos de estos trabajadores pueden tener una pequeña ayuda.

La razón es que todas las personas que hiciesen la 'mili', el servicio militar obligatorio, tienen derecho a contar hasta un año de esa etapa como cotizado a efectos de contar para el periodo de tiempo global que exige la normativa. Esto también es válido para las personas que en su momento optaron por la prestación social sustitoria al declararse objetores de conciencia.

La Seguridad Social lo deja claro en su página web, en la que explica que "los períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año".

En la práctica, esta ayuda de la 'mili' o la prestación social sustitutoria viene a reducir en un año la cotización necesaria para poder beneficiarse de alguna de las modalidades de jubilación anticipada: 35 años en el caso de la voluntaria y 33 en el caso de la involuntaria (las dos exigen, eso sí, dos años dentro de los 15 anteriores a la solicitud de la jubilación).

El año extra que proporciona la 'mili' solo se activa cuando es estrictamente necesario para cumplir los objetivos de cotización. Por lo tanto, no se puede usar a otros efectos como, por ejemplo, sumar cotizaciones de cara a la base reguladora o años para contar con un determinado porcentaje de esa base reguladora, conforme al método de cálculo de las pensiones de la Seguridad Social.

El propio organismo insiste en que solo se usará el año de la 'mili' o prestación social sustitutoria exclusivamente cuando se necesite para alcanzar los objetivos de cotización, explicando que si la solicitud de pensión de jubilación se hace de forma telemática "sólo en el caso de que esta cotización sea necesaria, se abrirá una pantalla solicitando que se cumplimente el período de dicho servicio militar".

Por qué la 'mili' no ayuda en la jubilación ordinaria

La contribución de la 'mili' o la prestación social sustitutoria solo aplica a las jubilaciones anticipadas voluntaria e involuntaria, pero no se puede usar en la jubilación ordinaria, que pide una cantidad sensiblemente inferior de años cotizados: 15, de los cuales dos deben darse dentro de los 15 anteriores a la solicitud de la pensión.

Esta disparidad es un asunto a resolver por parte del Estado, que ha aparcado este cambio de forma indefinida. El gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero se comprometió a "un proyecto de ley que establezca un sistema de compensación a la Seguridad Social para que por ésta pueda reconocerse, a favor de las personas interesadas, un periodo de asimilación del tiempo de servicio militar obligatorio o de prestación social sustitutoria" en el texto de la Ley 27/2011, de 1 de agosto que articuló la reforma de las pensiones y que se puede consultar en el Boletín Oficial del Estado.

Sin embargo, esta promesa no llegó a cumplirse con el paso de los ejecutivos. Tras el cambio con la victoria del Partido Popular en 2011 y dos legislaturas casi completas con Mariano Rajoy al mando no se realizó medida alguna en ese sentido. Lo mismo ha sucedido con los gabinetes liderados por Pedro Sánchez, tanto gobernando el PSOE como la coalición con Unidas Podemos.

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