
El campo de actuación de la Seguridad Social es mucho más amplio lo de que se imagina el ciudadano de a pie. De hecho, puede llegar a funcionar como un verdadero agente inmobiliario, ya que se encarga de vender ciertas propiedades que han llegado a su posesión después de determinados procesos de embargo por deudas acumuladas.
Para ello, el organismo dispone de un servicio de subastas mediante el cual pone a la venta esas propiedades que ha ido adquiriendo con el paso del tiempo. Estas subastas son de libre acceso para los ciudadanos que lo deseen y, en algunos casos, pueden suponer una oportunidad para aprovechar.
Para estar informado de las subastas inmobiliarias de la Seguridad Social se ha habilitado un servicio de alertas que informa al ciudadano que lo suscribe de todas las subastas que se ajusten a sus intereses: ámbito geográfico, tipo de inmubles, fechas...
Para suscribirse al servicio de alertas, el ciudadano ha de acceder a este enlace de la Seguridad Social y contar con alguno de los siguientes métodos de acceso: certificado digital (puede conseguirlo en cuatro sencillos pasos), DNI electrónico o Cl@ve PIN (así puede registrarse para obtenerla). El sistema le pedirá sus datos personales y sus criterios de interés.
Desde el momento de la suscripción al servicio de alertas, el sistema le irá notificando por correo electrónico o SMS de las subastas que se convoquen en el Boletín Oficial del Estado siempre que se ajusten a esos criterios indicados en la activación de la alerta.
Cómo buscar en el catálogo de inmuebles de la Seguridad Social
Por lo tanto, el ciudadano que se ha suscrito a ese servicio de alertas solo tendrá que esperar a las notificaciones. Sin embargo, tiene la opción de bucear por el catálogo de la Seguridad Social, que publica todos los bienes obejto de subasta, clasificados por subastas y sus lugares de celebración.
A través de este enlace de la Seguridad Social y sin necesidad de métodos telemáticos como el certificado digital o Cl@ve, el ciudadano puede ir navegando por el menú de subastas. En primer lugar, el sistema le permite elegir uno o varios tipos de bienes: fincas rústicas, fincas urbanas, vehículos embarcaciones...
En base a esta primera elección, el catálogo le desglosará todos los resultados divididos por comunidad autónoma y cada una de sus provincias. Pinchando en una u otra se podrán consultar los bienes de forma individual, con la posibilidad de acceder a una ficha técnica en la que se indican todas sus características: desde la población en la que se encuentra hasta una descripción, su importe de tasación, la fecha y hora de la subasta...
Además, el ciudadano tiene la opción de realizar búsquedas avanzadas en las que es posible tener en cuenta más variables: elegir varias provincias a la vez (aunque sean de comunidades autónomos diferentes), hacer criba entre precios de tasación, fechas, tipos de enajenación...y así conseguir una búsqueda mucho más personalizada a las intenciones del ciudadano.
¿Cómo se puede pujar en una subasta de la Seguridad Social?
El organismo explica en su página web que "cualquier persona, por sí o por medio de representante, que posea la capacidad de obrar con arreglo a derecho y no esté incursa en las excepciones e incompatibilidades que marcan las leyes" puede participar en estas subastas. Queda prohibida la participacíón de las personas pertenecientes a la Unidad de Recaudación, los tasadores, los depositarios de los bieles y los funcionarios implicados directamente en la subasta.
Para poder participar en una subasta, un ciudadano ha de cumplir además estos tres requisitos:
-La identificación exhibiendo en ese momento el documento nacional de identidad, el número de identificación de extranjeros, el pasaporte o la acreditación de la representación que se hace de un tercero.
-La consigna del 25% del precio de salida (que es el del tipo de enajenación) del bien por el que se desee pujar "cheque certificado, visado o conformado por el librado y a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social" o del 30% de esa cantidad "si la postura es verbal en el acto público de la celebración de la subasta".
-Que en el resguardo de la consignación conste la hora y el minuto el que se haya realizado la entrega así como el número de orden que se le haya concedido.