El Gobierno ha lanzado la segunda batería de medidas ante el aumento de la inflación por la guerra de Ucrania y la subida del precio de la luz. Una de ellas afecta a los más de 440.000 pensionistas que cobran una pensión no contributiva de jubilación o invalidez, las que se otorgan a las personas que no han cotizado lo suficiente durante su vida laboral para cobrar una pensión contributiva.
Esta medida se dio a conocer hace unas semanas cuando el Ejecutivo la acordó con EH Bildu en la negociación por los planes públicos de pensiones. En concreto, se acordó el aumento de un 15% en la cuantía de estas pensiones no contributivas de jubilación o invalidez. Un incremento que se ha confirmado con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio.
En el texto, publicado en el Boletín Oficial del Estado, el artículo 12 del primer capítulo de medidas lo corrobora aprobando el aumento entre julio y diciembre de 2022 de un 15% de la cuantía de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez "sobre el importe que corresponda percibir a cada beneficiario en esos meses".
A qué personas afecta la subida de las pensiones no contributivas
De acuerdo con lo publicado en el Real Decreto-ley, serán tres los grupos de pensionistas que podrán beneficiarse de este aumento del 15% en la cuantía de sus pensiones:
-Los pensionistas que venían percibiendo estas prestaciones antes de la aprobación de la medida.
-Las personas que hubiesen solicitado una de estas pensiones antes de la publicación del Real Decreto-ley y cuya petición no hubiese sido resuelta.
-Las personas que soliciten una pensión no contributiva tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley "siempre que los efectos de su reconocimiento no sean posteriores a 1 de diciembre de 2022".
Las nuevas cuantías de las pensiones no contributivas
En el Boletín Oficial del Estado no aparecen las cuantías exactas de las pensiones no contributivas durante los próximos seis meses, pero aplicando ese 15% de aumento sobre las cantidades que se recogen en el Real Decreto 65/2022, de 25 de enero quedan en las siguientes cuantías:
-La pensión no contributiva de jubilación pasa a ser de 484 euros al mes.
-La pensión no contributiva de jubilación del 25% pasa a ser de 121 euros al mes.
-La pensión no contributiva de jubilación si existen varios beneficiarios en la misma unidad familiar será de 411 euros al mes si coinciden dos personas y de 387 euros al mes si coinciden tres o más personas.
-La pensión no contributiva de invalidez pasa a ser de 484 euros al mes.
-La pensión no contributiva de invalidez con el incremento del 50% pasa a ser de 726 euros al mes.
-La pensión no contributiva de invalidez si existen varios beneficiarios en la misma unidad familiar será de 411 euros al mes si coinciden dos personas y de 387 euros al mes si coinciden tres o más personas.
Cómo cobrar una pensión no contributiva de jubilación
Para poder acceder a una de estas prestaciones es indispensable cumplir con todas y cada una de estas condiciones:
-Tener al menos 65 años de edad.
-No tener derecho a la pensión contributiva de jubilación.
-Demostrar una residencia de al menos 10 años en España desde los 16 años de edad. De ese periodo al menos dos de los años deben producirse antes de la solicitud de la pensión.
-Tener unos ingresos inferiores a 5.899,60 euros anuales. Estas cantidades límite aumentan en unidades de convivencia de hasta segundo grado de cosanguinidad o afinidad: 10.029,32 euros anuales en unidades de dos personas, 14.159,04 euros anuales en unidades de tres personas y 18.288,76 euros anuales en unidades de cuatro o más personas. Además, si uno de los integrantes de la unidad de convivencia es un hijo o un padre suben a 25.073,30 euros anuales con dos personas, a 35.397,60 euros anuales con tres personas y a 45.721,90 euros anuales con cuatro o más personas.
Cómo cobrar una pensión no contributiva de invalidez
Para percibir una de estas prestaciones también hay que cumplir unos requisitos muy concretos. Son los siguientes:
-Tener entre 18 y 64 años de edad.
-Tener una discapacidad reconocida de al menos un 65%.
-No tener el periodo de cotización exigido para una pensión contributiva de incapacidad permanente.
-Demostrar una residencia en España de al menos cinco años, de los cuales al menos dos deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud de la pensión.
-Cumplir los límites de renta mencionados de renta en las pensiones no contributivas de jubilación.