Economía

Estos son los factores de los que depende la cuantía de tu pensión de viudedad

  • Lo primero que hay que tener en cuenta es la base reguladora del fallecido
  • Se aplicarán diferentes porcentajes a esa base dependiendo de cada caso
Foto: Dreamstime.

Solo por detrás de las pensiones de jubilación, las pensiones contributivas de viudedad son las que se abonan a un mayor número de beneficiarios en España. Según los datos de la Seguridad Social, a día 1 de mayo se abonaron un total de 2,34 millones de estas pensiones con un importe medio de 778,37 euros mensuales.

La cuantía de una pensión de viudedad obedece a diferentes factores recogidos de forma detallada en la normativa. La premisa principal es la consideración de la base reguladora de la persona fallecida, la que genera la pensión, y la aplicación de diferentes porcentajes a esa base reguladora dependiendo de las circunstancias personales del cónyuge superviviente y los requisitos que cumple en la fecha del fallecimiento.

El primer paso es tener en cuenta cuál es la base reguladora sobre la cual hay que aplicar los porcentajes. No existe una base reguladora general, depende de la situación del trabajador en el momento del fallecimiento y de la causa de ese fallecimiento:

-Pensionistas de jubilación o incapacidad permanente: la Seguridad Social explica que será "la misma que sirvió para determinar la pensión de jubilación o incapacidad permanente del fallecido".

-Trabajadores en activo que fallecen por contingencias comunes: se divide entre 28 la suma de las bases de cotización del trabajador en 24 meses inmediatamente consecutivos elegidos por el beneficiario dentro de los 15 años anteriores al fallecimiento.

-Trabajadores en activo que fallecen por accidente no laboral: la base reguladora del punto anterior o la división entre 28 de las bases de cotización de los 24 meses anteriores al fallecimiento.

-Trabajadores en activo que fallecen por accidente laboral o enfermedad profesional: se dividen entre 12 el "sueldo y antigüedad diarios del trabajador en la fecha del accidente o de la baja por enfermedad multiplicado por 365 días", las "pagas extraordinarias, beneficios o participación, por su importe total en el año anterior al accidente o a la baja por enfermedad" y "el cociente de dividir los pluses, retribuciones complementarias y horas extraordinarias percibidas en el año anterior al accidente, por el número de días efectivamente trabajados en dicho período" y multiplicado por 273 o el número de días laborables trabajados si fuese menor. Todos estos conceptos, divididos cada uno entre 12, se suman para conseguir la base reguladora.

Tal y como explica la Seguridad Social en su página web, la cuantía de la pensión de viudedad dependerá del porcentaje de esa base reguladora al que tenga derecho el cónyuge superviviente. Existen tres opciones.

Cuándo se cobra el 52% de la base reguladora

La cuantía de la pensión de viudedad será del 52% de la base reguladora del fallecido con carácter general.

Cuándo se cobra el 60% de la base reguladora

La cuantía de la pensión aumenta al 60% de la base reguladora cuando se dan de forma simultánea los siguientes requisitos:

-Tener 65 años o más.

-No tener derecho a otra pensión, ya sea nacional o del extranjero.

-No realizar una actividad remunerada.

-No percibir rentas de capital mobiliario o inmobiliario, ganancias patrimoniales o rentas de actividades económicas por encima de 7.707 euros anuales.

Cuándo se cobra el 70% de la base reguladora

Solo se podrá cobrar el 70% de la base reguladora en la pensión de viudedad cuando el beneficiario cumpla de forma simultánea con estos tres requisitos:

-La existencia de cargas familiares, que tiene lugar cuando se convive con hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad de al menos un 33%, menores acogidos o sujetos a guardia con fines de adopción. También hay que acreditar que los ingresos de la unidad familiar (se suman todos y se dividen entre el número de miembros) no superan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional.

-La pensión de viudedad debe ser la principal o única fuente de ingresos del beneficiario, es decir, que sea superior al 50% de los ingresos totales.

-Los rendimientos anuales del pensionista no pueden ser superiores a la suma del límite para el reconocimiento del complemento por mínimos de las pensiones contributivas y el importe de la pensión mínima de la pensión de viudedad con cargas familiares.

Complemento por la brecha de género

Las mujeres que cobren una pensión de viudedad puden recibir también el complemento por la brecha de género en las pensiones que compensa las interrupciones de cotización en la vida laboral por razones de maternidad. Este importe será de 27 euros mensuales por hija o hijo, con un máximo de cuatro (es decir, 108 euros mensuales) que se añadirán al importe de la pensión de viudedad.

Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

La Seguridad Social explica que, en el caso de que el fallecimiento "se produzca por falta de medidas de prevención de riesgos laborales", el empresario debe asumir el pago de un porcentaje extra que va del 30% al 50% en función de la gravedad de la falta.

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