
Una opción para los ciudadanos que están en paro es usar el dinero que les queda por cobrar de la prestación contributiva por desempleo para montar su propio negocio como autónomos. La normativa permite lo que se conoce como capitalización del paro, que supone una alternativa para las personas que tienen dificultades para encontrar un trabajo por cuenta ajena.
El dinero que se recibe del paro es la cuantía restante que le queda al futuro autónomo por percibir. La forma de cobro dependerá de lo que decida el trabajador: existe la opción de recibir un pago único, de recibir el dinero de forma mensual o de combinar ese pago único con un pago mensual. En todo caso, solo se permite el uso de ese dinero para unos fines muy concretos.
Tal y como explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en su página web, en el caso de que el ciudadano elija el pago único de la prestación para iniciar su negocio como autónomo será obligatorio que lo use "como inversión para el desarrollo de una actividad por cuenta propia, incluyendo las cargas tributarias y los gastos de puesta en funcionamiento".
Además, también podrá usar un 15% de ese dinero recibido en el pago único para "pagar servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender", explica el SEPE.
En el caso de que se decante por el pago mensual (o si combina una cantidad de pago único y otra mensual), las cantidades abonadas mes a mes solo se podrán destinar "para subvencionar su cotización a la Seguridad Social durante el desarrollo de la actividad", es decir, para el pago de cuotas.
Cómo pueden justificar sus gastos los autónomos
Por eso será vital para el nuevo autónomo justificar y acreditar esos gastos. La forma de hacerlo es mediante el envío al SEPE de una memoria explicativa junto con la solicitud de capitalización del paro. En este escrito se deben indicra los datos personales, los datos del proyecto que se quiere realizar y, lo más importante, el capital necesario total, la distribución de ese capital (es decir, en qué se va a invertir) y la financiación del proyecto. El propio SEPE adjunta en su web un documento con indicaciones para la correcta cumplimentación de la memoria.
Con este escrito el SEPE se asegurará de que, tras la comprobación de los datos, se respeten las normas de esta capitalización del paro y así el nuevo autónomo no tenga sustos innecesarios en los primeros meses de su negocio.
Los requisitos para capitalizar el paro
El SEPE pide el cumplimiento de unos requisitos muy concretos para que los beenficiarios del paro puedan pedir su capitalización. Los explica en su página web y son los siguientes:
-Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de pago al menos tres mensualidades (seis en el caso de las prestaciones por cese de actividad).
-No haberse beneficiado del pago único en los cuatro años anteriores.
-Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes a partir de la concesión del pago único y nunca antes de que se conceda.
-No haber compatibilizado en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único un trabajo por cuenta propia con el cobro del paro si quieren constituirse como trabajadores o trabajadoras por cuenta propia o como personas trabajadoras autónomas socias de una sociedad mercantil.
-Pasar el periodo de prueba correspondiente si fuese necesario (por ejemplo, en cooperativas).