Economía

El aviso de la Seguridad Social a las autónomas: estas son las bonificaciones en las cuotas durante y tras el embarazo

  • Vienen a compensar el parón obligado en la actividad en diversos periodos
  • También hay ventajas con la reincorporación tras el embarazo o adopción
Foto: Dreamstime.

La principal obligación de los autónomos es la de su cotización a la Seguridad Social, una responsabilidad que puede ser más difícil de afrontar en periodos de parón económico. En el caso de las mujeres autónomas, esto puede pasar cuando han de tomarse una baja por cualquiera de los motivos vinculados a la maternidad.

En su cuenta de atención a la ciudadanía de la red social Twitter, la Seguridad Social ha explicado que en estas situaciones las trabajadoras autónomas se encuentran parcialmente cubiertas en el pago de las cuotas, ya que sufrirán bonificaciones que les permitan tener un alivio económico en esos periodos en los que permanecerán alejadas de su actividad habitual.

En concreto, tal y como explica la tabla de bonificaciones que facilita la Seguridad Social y que puede consultarse en este enlace, la bonificación es del 100% de la cuota de autónomos (incluye todos los conceptos) durante todo el tiempo que dure el descanso. La base de la cuota que contará a efectos de cotización es la base media de los 12 meses anteriores.

Esta bonificación afecta a diferentes periodos de descanso estipulados por la ley y de los que pueden beneficiarse las autónomas (y en algunos los autónomos) tanto en el periodo de embarazo como tras el nacimiento:

-Descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.

-Descanso por riesgo durante el embarazo.

-Descanso por riesgo durante la lactancia natural.

La bonificación del 100% de la cuota a la Seguridad Social se mantendrá durante ese tiempo de descanso, pero la normativa encierra una ventaja extra para algunas trabajadoras autónomas. Tal y como explica el artículo 38 bis del Estatuto del Trabajo Autónomo, las autónomos que hubiesen cesado su actividad por "por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela" y la reanudasen dentro de los dos años siguientes tendrán beneficios en su cuota por contingencias comunes y contingencias comunes durante los primeros 12 meses:

-Una cuota de 60 euros si se cotiza por la base mínima vigente.

-Una reducción del 80% de la cuota por contingencias comunes cuando se cotice por una base superior a la mínima vigente.

Cuáles son las cuotas de los autónomos en 2022

A la espera del término de las negociaciones entre el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, y los agentes sociales para el cambio en el sistema de cuotas de los autónomos, los profesionales por cuenta propia han experimentado una ligera subida en estas cuotas para 2022.

Así, tras el aumento de las cuotas correspondientes a contingencias comunes (que pasan del 1,1% al 1,3%) y a cese de actividad (que pasa del 0,8% al 0,9%), la cuota total ha aumentado del 30,3% al 30,6% de la base de cotización. Las cuotas por contingencias comunes (28,3%) y formación profesional (0,1%) se mantienen inalteradas.

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky