Economía

Cómo jubilarse de forma anticipada a los 60 años con toda la pensión: esta es la forma de conseguirlo

  • Solo está en manos del personal del Régimen de las Clases Pasivas
  • Hay que demostrar un total de 35 años de servicio efectivo al Estado
  • No sirven para ese cómputo las cotizaciones en otros regímenes
Foto: Dreamstime.

Uno de los problemas a los que se enfrentan los trabajadores que desean anticipar su jubilación es el recorte que han de asumir en las futuras pensiones que cobrarán. Es una circunstancia con la que hay que lidiar de forma general, aunque existen algunas excepciones en las que, con un tiempo de trabajo concreto, se pueden evitar esas reducciones y jubilarse de forma anticipada incluso desde los 60 años.

La respuesta en el Régimen de Clases Pasivas del Estado, en el que se incluyen una variedad de grupos de trabajadores que van de los expresidentes, exvicepresidentes y exministros del Gobierno hasta a funcionarios de carrera y en prácticas de la Administración del Estado, de Justicia, de las Cortes Generales y otros órganos constitucionales y estatales transferidos a las Comunidades Autónomas, pasando por militares de carrera, de las Escalas de complemento, de tropa y marinería profesional, los Caballeros Cadetes, Alumnos, Aspirantes de las Escuelas y Academias Militares.

En la actualidad, estas profesiones general actualmente el cobro de más de 660.000 pensiones cada mes en España, de acuerdo con la información de la página web de la Seguridad Social.

Para los trabajadores que aún no se han jubilado se abre un horizonte en el que, si lo desean, pueden anticipar esa jubilación sin perder ni un céntimo de la cuantía, es decir, sin recortes en la pensión. Esto puede lograrse incluso desde los 60 años de edad.

Cómo jubilarse de forma anticipada a los 60 años

La razón es la regulación especial de estas jubilaciones. La normativa de las Clases Pasivas establece que un trabajador que pertenezca el régimen puede jubilarse de forma anticipada a partir de los 60 años siempre que acredite 30 años de "servicio efectivo al Estado". En el cálculo de este tiempo, sin embargo, no se pueden incluir las cotizaciones efectuadas en otros regímenes. O lo que es lo mismo: solo se contarán las cotizaciones dentro del régimen de las Clases Pasivas.

Así, para trabajadores que, después de haber pertenecido al Régimen General o al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) y posteriormente se incluyesen en las Clases Pasivas y llegasen a los 60 años con 30 de cotización juntando todos los conceptos no podrían jubilarse de forma anticipada a esa edad y tendrían que someterse a la regulación general de la jubilación anticipada.

Cómo evitar recortes en la pensión de jubilación

Si bien un trabajador de las Clases Pasivas puede jubilarse de forma anticipada a los 60 años con 30 años de cotización, para poder cobrar el 100% de la pensión necesitará un total de 35 años cotizados. Todo se debe a la normativa de este régimen, que contempla el derecho a diferentes porcentajes del haber regulador (una versión especial de la base reguladora) del trabajador en función de esos años de servicio efectivo al Estado.

Así, si un trabajador comenzase su andadura en el Régimen de las Clases Pasivas a los 25 años y, después de 35 años de carrera, decidiese poner fin a su trayectoria profesional y jubilarse de forma anticipada, podría hacerlo a esos 60 años con el 100% de su haber regulador. En el caso del personal de las Cortes Generales incluso puede ser antes: podrán jubilarse con el 100% de la pensión en el momento en que acrediten esos 35 años de servicio efectivo al Estado.

La cuantía de la pensión, en todo caso, dependerá del grupo o subgrupo profesional al que perteneca ese trabajador. Cada uno de esos grupos cuenta con un haber regulador que es igual para todo el mundo integrado en él: no depende de las cotizaciones. Es sobre esta cantidad ante la que hay que hacer los porcentajes en el momento de la jubilación. La Seguridad Social dispone de un enlace con todos los haberes reguladores clasificados por grupos y subgrupos dentro de cada una de las Administraciones.

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