Economía

Escrivá topará al 0,3% la comisión máxima del fondo público de pensiones

  • El Gobierno recuperará la limitación de los costes de gestión en el reglamento
  • Se prevé suavizar los límites a las empresas que quieran gestionar los ahorros
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. Fuente: EP.
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El Ministerio de Seguridad Social impondrá una comisión máxima del 0,3% a las gestoras privadas que aspiren a gestionar los fondos de pensiones de empleo de promoción pública o los planes de pensiones simplificados. La imposición de este límite se ha convertido en uno de los aspectos más polémicos durante la negociación que el departamento que dirige José Luis Escrivá ha mantenido con empresarios y sindicatos.

En el último borrador, desapareció de la Exposición de Motivos la referencia del tope máximo de un 0,3% de comisión, lo que se interpretó por los agentes sociales como una flexibilización de la postura del Gobierno. No obstante, en ese mismo texto se abría la puerta a establecer algún tipo de límite en un desarrollo reglamentario posterior. Fuentes del Ministerio ha confirmado, sin embargo, que ese límite será del 0,3%.

"La comisión del 0,3% no se abandona, es algo que está regulado en la ley de planes y fondos de pensiones, y en los pliegos de condiciones del reglamento sí que aparecerán estos límites", apuntan fuentes del Ministerio del ramo a elEconomista sobre el futuro proceso de concreción de especificaciones de los nuevos planes de empleo. En este sentido, desde el Ejecutivo admiten que se han llevado a cabo modificaciones en los dos últimos meses respondiendo a las demandas del sector privado, que aún muestran reticencias sobre el documento que vio la luz la semana pasada. Concretamente, en el plano de incentivos, donde aún reclaman mayores esfuerzos del Gobierno.

Límites en la adjudicación

Otro de los elementos que se entrará a acotar en una segunda fase son los límites de patrimonio y capital impuestos en un primer momento a las empresas privadas que quisieran entrar al concurso para la adjudicación del fondo de promoción pública. Eso sí, en este caso las fuentes oficiales consultadas aseguran al respecto que no se mantendrían los límites impuestos en un primer momento antes de su primera aprobación en Consejo de Ministros, sino que estos serían modulados "para ensanchar la entrada de empresas con posibilidad de llevar a cabo la gestión y depósito de los ahorros".

En un primer borrador, donde el Gobierno si marcó estos límites, se permitía solo la participación de aquellas entidades que tuvieran un volumen de patrimonio bajo gestión de en fondos de pensiones superior a 1.000 millones de euros. De igual manera, se exigía a las empresas depositarias tener un volumen de activos en fondos de pensiones superior a los 10.000 millones de euros.

Tanto la limitación de costes como el modelo general del fondo público tenía en las primeras versiones del texto un fuerte sustento en el modelo vasco de EPSV, y más concretamente en el sistema Geroa de planes colectivos de empleo, incluso a la hora de establecer entidades sin ánimo de lucro como prioritarias para la gestión. "En la valoración de las distintas ofertas deberá otorgarse una puntuación superior a las entidades gestoras sin ánimo de lucro que tengan la condición de entidades sin ánimo de lucro", apuntaba uno de los borradores entregado a los agentes sociales, y que levanto fuerte rechazo de los empresarios. No obstante, esta apreciación tan solo duró una semana, hasta que fue eliminada del texto que finalmente se ha aprobado.

Control de costes

Más allá, el control de los costes será retomado por el Gobierno durante la elaboración del reglamento. Cabe recordar, que en el texto primigenio no solo se incluían estos límites, sino que eran más altos -el 0,4% en la comisión de gestión y el 0,1% en la comisión de depósito-, y se redujo en el documento elevado a audiencia pública hasta el 0,3%. Aún con ello, este porcentaje que será el límite máximo para las gestoras, en la comparativa con el modelo de Geroa, aún sería un 25% inferior. Aseguran fuentes del Ministerio de Seguridad Social que en comparación con los costes que registra este segmento de planes de empleo "no es tan baja" y que hay productos que aún operan por debajo de este nivel.

Apunta al respecto el presidente de Inverco, Ángel Martínez-Aldama, que lo razonable desde el punto de vista de técnica legislativa es que se fijen en el reglamento, "por dar coherencia a la actual ley de fondos y planes de pensiones". Así apunta que "veremos dónde pone el límite ese reglamento, pero a nivel europeo en sistemas obligatorios, como por ejemplo Dinamarca, la comisión está en el 0,5%; en Holanda está en el 0,52%, más los gastos de transacción, que suelen ser un 0,10% más o menos". Y recuerda que estos son dos países donde los sistemas de empleo son obligatorios, es decir, que las firmas no tienen que hacer trabajo de captación sino que el dinero se ingresa de manera automática por las empresas todos los meses, y cuentan ya con muchas sinergias por los volúmenes que manejan. "Parece razonable entonces que la comisión esté en el 0,5%", afirma en relación a los planes simplificados.

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