Economía

La reforma laboral triplicará el total de 'falsos' asalariados indefinidos

  • La norma ya convalidada propicia el auge de los polémicos fijo discontinuos
  • La previsible rebaja de la temporalidad se producirá en términos estadísticos
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Uno de las líneas maestras de la recién convalidada reforma laboral pasa por la reducción de la temporalidad, aunque solo sea en términos puramente estadísticos. El Gobierno tiene prisa por demostrar ese efecto y llegó al extremo de asegurar que el fenómeno ya se produjo el pasado enero, pese a que la reforma acumulaba entonces poco más de un mes en vigor. Lo cierto es que detrás de esas reducciones, que serán frecuentes en los próximos trimestres, se esconde el impulso que experimentará la polémica figura de los contratos fijos discontinuos, cuyo número está en vías de triplicarse sobre su nivel actual.

Dicho régimen laboral permitirá que más de un millón de asalariados no sean registrados como temporales, pese a que sus condiciones reales de trabajo serán en la práctica idénticas a quienes sí se sujetan, oficialmente, a un contrato de ese tipo.

Los fijos discontinuos son considerados indefinidos gracias a que la vinculación con su empleador carece de una fecha de término establecida de antemano. Se puede afirmar, sin embargo, que de facto son trabajadores temporales ya que desempeñan su labor estacionalmente, solo unos meses al año, sin actividad durante la mayor parte del ejercicio. Es este último, además, un periodo en el que tienen derecho a cobrar la parte proporcional de su prestación por desempleo que ahora, además, se encarecerá.

Esta interinidad enmascarada vive inmersa en una etapa de gran crecimiento desde que fue creada en 2007. En los últimos años, dejando a un lado un ejercicio completamente anómalo como fue 2020, la Encuesta de Población Activa (EPA) sitúa la cuantía promedio de los asalariados que ya tienen contratos fijos discontinuos en cerca de 400.000 personas. Con la nueva reforma laboral esa cifra está abocada a multiplicarse por tres siguiendo los siguientes pasos.

El único recurso disponible

El propósito del Ejecutivo pasa por limitar, en muy alta medida, las causas y la duración de los contratos temporales hasta ahora ortodoxos. Esto hará que los fijos discontinuos se conviertan casi en el único recurso al alcance de las empresas cuyas actividades sean de carácter estacional y de temporada, como las propias del sector turístico.

En años de actividad económica normalizada, la EPA sitúa el número de trabajadores sujetos a los actuales contratos estacionales o de temporada en el entorno de los 350.000 individuos. Todo apunta a que, a partir de este año, pasarán a engrosar la rúbrica de asalariados fijos discontinuos.

Pero el número de falsos indefinidos no se detendrá ahí. Los abogados laboralistas consultados recuerdan que el objetivo del Gobierno pasa por que la contratación fija discontinua también se extienda al ámbito de la prestación de servicios propia de las contratas y de las subcontratas.

El total de los falsos trabajadores indefinidos pueda alcanzar los 1,2 millones

No solo eso. El Ejecutivo también persigue que su uso sea generalizado en el sector de las empresas de trabajo temporal, las conocidas como ETT.

La suma de todos esos colectivos (fijos discontinuos ya existentes, antiguos asalariados temporales con carácter estacional, más el esperado impacto en contratas y subcontratas y en ETT) permite augurar que el total de los falsos trabajadores indefinidos pueda alcanzar los 1,2 millones. Se darán así las condiciones para que el Gobierno pueda presentar a Bruselas una muy intensa reducción de la temporalidad, aunque no implique en la práctica un avance en términos de estabilidad del mercado laboral español.

Otras modificaciones

No será éste el único cambio que se producirá en materia de contrataciones con la nueva reforma laboral, recién convalidada en el Congreso. No en vano el contrato de obra y servicio y los contratos temporales clásicos, como ya se apuntó, ven muy restringido su radio de acción.

Con la nueva normativa, debe obedecer a unos motivos justificables y esas explicaciones deben estar expresadas en el propio contrato. su periodo de vigencia se enfrenta también a restricciones. Si se recurre a él por causas previsibles sólo puede durar tres meses, mientras que si las razones son imprevisibles durará seis meses prorrogable a doce. También habrá modificaciones de calado en lo que respecta a los convenios colectivos. En este ámbito, los acuerdos firmados a escala empresarial tenían primacía sobre los sectoriales en aspectos clave como las revisiones salariales, gracias a la reforma de 2012.

Un convenio seguirá vigente aunque haya caducado

Ahora el empresario mantiene la potestad de cambiar sustancialmente las condiciones de trabajo si la empresa se encuentra en dificultades. A partir de este año, sin embargo, los convenios sectoriales se impondrán en la negociación de sueldos, lo que implica riesgos en momentos de alta inflación como los actuales.

Cabe destacar también los cambios en ultraactividad. Desde 2012 los convenios perdían su vigencia si, transcurrido un año desde su caducidad, no había acuerdo para renovarlos. Ahora, sin embargo, un convenio seguirá vigente aunque haya caducado hasta que haya acuerdo entre la empresa y los trabajadores para su renovación.

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