Economía

Esto es lo que cotizarás de más a la Seguridad Social a partir de 2023

  • Todo se deberá al aumento de la cotización por contingencias comunes
  • Es una medida para financiar las pensiones de la generación del 'baby boom'
José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Foto: EP.

A partir de 2023 tanto los trabajadores como los empresarios verán ligeramente elevadas sus cotizaciones a la Seguridad Social. La medida es una más de las que ha propuesto José Luis Escrivá, ministro de Inclusión, Seguridad Social y migraciones, para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones.

En este caso concreto, tras llegar a un acuerdo con la patronal y los sindicatos, se ha acordado la subida de las cotizaciones por contingencias comunes un 0,6% (un 0,5% cargado en la factura de la empresa y un 0,1% cargado en la factura de los trabajadores) con el objetivo de crear un fondo de reserva para financiar el gasto en las pensiones de los 'baby boomers'.

La medida durará hasta 2032 y se encuadra dentro de la sustitución por parte de la 'reforma Escrivá' del factor de sostenibilidad que decretó el PP (y que no se ha aplicado) en favor de un mecanismo de equidad intergeneracional.

¿Qué implicará la subida de la cotización por contingencias comunes? Evidentemente, conllevará un aumento en el pago de las cotizaciones de empresas y trabajadores. La cotización en este concepto es de un 28,3% que se reparte de la siguiente forma: un 4,7% a cargo de los trabajadores y un 23,6%.

Con el aumento de las cotizaciones previsto para 2023, los trabajadores tendrán una cotización de un 4,8% por contingencias comunes y las empresas asumirán el 24,1%. Con estos cambios, la cotización general por contingencias comunes pasa a ser del 28,9%.

¿Qué son las contingencias comunes?

En definitiva, aquellas circunstancias "situaciones de necesidad" que no se derivan de la profesión desempeñada por el trabajador y que pueden obedecer a diferentes factores ante los cuales esa cotización cubre a los trabajadores. En caso de verse afectado por cualquiera de estas situaciones de riesgo, el ciudadano se verá cubierto por algún tipo de prestación de la Seguridad Social.

Según explica el organismo en su página web, estas contingencias son las siguientes:

-Incapacidad laboral temporal por enfermedad común o accidente no laboral

-Jubilación.

-Incapacidad permanente.

-Muerte y supervivencia (prestaciones de viudedad, orfandad, auxilio por defunción, pensión y subsidio en favor de familiares).

-Protección a la familia.

-Prestaciones farmacéuticas.

-Asistencia sanitaria.

-Maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural.

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