Economía

Así puede proponerte la Seguridad Social conseguir una pensión de incapacidad permanente

  • El organismo inicia a veces el proceso de solicitud de la prestación
  • Suele suceder en los casos de 18 meses de incapacidad temporal
  • Esto no significa que se vaya a conceder: solo es el primer paso
Foto: Dreamstime.

La pensión de incapacidad permanente a menudo se considera como una prestación que solo se consigue después de un largo proceso que pone a prueba la paciencia y la voluntad del trabajador, pero en ocasiones esta pensión llega de forma más inesperada, sin que medie iniciativa alguna por parte del ciudadano.

La razón es que la Seguridad Social puede iniciar por voluntad propia el proceso de solicitud de una pensión de incapacidad permanente para un ciudadano sin que éste realice trámite alguno de petición de esa prestación. Posteriormente, y siempre que el proceso eche a andar, el trabajador tendrá que pasar por todas las fases pertinentes, pero ese primer paso puede ser responsabilidad del organismo. O lo que es lo mismo: este movimiento de la Seguridad Social no significa que la obtención de la pensión esté garantizada.

Se trata de una circunstancia que no siempre sucede y que, según explica el bufete especializado en asuntos de incapacidad Campmany Abogados, suele ocurrir cuando el trabajador ya ha superado los 18 meses que dura con carácter general la incapacidad temporal (lo que también se denomina de forma común 'la baja').

En estas situaciones, y si el trabajador no ha iniciado por su cuenta el proceso de solicitud de la pensión de incapacidad permanente, la Seguridad Social lo puede hacer de forma unilateral enviando una carta certificada al domicilio del ciudadano que también puede estar precedida del envío de un SMS a su teléfono advirtiéndole de esa apertura de expediente.

La carta no llegará sola: incluirá el formulario de inicio del expediente de solicitud de incapacidad permanente (que hay que rellenar con los datos personales y bancarios), así como el 'oficio' para dejar constancia de las alegaciones pertinentes. El trabajador debe rellenar y entregar estos documentos en un plazo de 15 días desde la recepción de la carta.

En este momento, la maquinaria ya ha echado a andar y el proceso de tramitación de la pensión de incapacidad permanente se desarrolla por los cauces habituales: el ciudadano tendrá que someterse al dictamen del tribunal médico, aportando documentación e informes actualizados sobre su estado y mostrando una actitud favorable a todos los requerimientos de los miembros del tribunal.

El tribunal recomendará la concesión de la pensión (o no), además del grado de dicha pensión. Sin embargo, la responsabilidad última recae sobre el director provincial de la Seguridad Social, que ha de tomar una decisión antes de que transcurran 135 días hábiles desde el inicio del proceso de solicitud:

-Si se decide conceder la pensión de incapacidad permanente el ciudadano verá cómo se le abonará dicha pensión el mes siguiente en la cuenta bancaria que indicase en el momento de rellenar la documentación enviada por la Seguridad Social.

-Si se decide no conceder la pensión de incapacidad permanente el trabajador tiene derecho a recurrir el dictamen de la Seguridad Social. En caso de recibir un nuevo rechazo (según los expertos de Campmany Abogados la posibilidad de que eso suceda es elevada), podrá iniciar una demanda por la vía judicial.

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