
El tribunal médico es uno de los pasos más importantes en el largo proceso de consecución de una incapacidad permanente. Los miembros de este tribunal, que recomienda un dictamen a la Seguridad Social en una opinión muy valorada pero no vinculante, no solo han de considerar si el ciudadano tiene derecho a una pensión de incapacidad permanente: también han de emitir un veredicto sobre el grado de dicha incapacidad.
Antes de este dictamen, el ciudadano tendrá que acudir preparado a la cita: es muy conveniente que acuda con todos los informes y estudios actualizados sobre su estado para que los miembros del tribunal se puedan hacer una idea clara de su situación, tanto en el plano laboral como en el plano personal.
La actitud del aspirante a pensionista también es clave. Así, debe tener la cabeza fría, mostrar tranquilidad y estar abierto a responder a todas las cuestiones que el tribunal le pueda hacer, incluidas peticiones de movimientos, ejercicios...sin expresar enfado o rechazo.
Teniendo estos aspectos en cuenta, una vez el tribunal haya visto respondidas todas sus preguntas o peticiones, tendrá la posibilidad de emitir un dictamen. En caso de considerar que el ciudadano tiene derecho a cobrar una pensión de incapacidad permanente, también ha de recomendar el grado de la incapacidad.
De acuerdo con el bufete especializado en procesos de incapacidad permanente Campmany Abogados, la decisión del tribunal médico depende de cuatro variables que tienen en común un objetivo: conocer si la dolencia o enfermedad que sufre el ciudadano le afecta a su vida diaria (en lo laboral y en lo personal) y cómo de grave es esa afectación.
En primer lugar, se consideran los efectos de la enfermedad o lesión sobre la capacidad de trabajo del aspirante a pensionista. Si la enfermedad le permite trabajar en su puesto, si le inhabilita para él pero no le impide realizar otras funciones...o si, por el contrario, le incapacita para todo trabajo.
También se tiene en cuenta el historial de dolencias y enfermedades del paciente, así como la posible combinación de diferentes dolencias sufridas a la par. El efecto de una enfermedad no es igual al que tiene si se sufre además otro tipo de dolencia. Y esto tiene consecuencias sobre todo lo demás.
Otro aspecto que se valora es la posibilidad de mejora de la enfermedad. Esto puede tener especiales implicaciones en los casos de incapacidad permanente parcial cuando existen visos de recuperación: podría conllevar que, en un futuro, el ciudadano dejase de ser pensionista porque se hubiese recuperado totalmente. También para futuras reducciones de grado en revisiones posteriores.
Por último, se echa un vistazo a criterios orientativos expuestos anteriormente por otros organismos y que pueden ayudar a emitir un dictamen: reglamentos de trabajo, sentencias, decisiones emitidas por otros tribunales médicos...
Por qué es tan importante el grado de una incapacidad permanente
La decisión puede ser trascendental para la persona que solicita la pensión. Tener una incapacidad permanente de uno u otro grado implica diferentes cuantías en la pensión e incluso métodos diferentes de pago (pagos únicos en lugar de pensiones mensuales).
Pero no solo eso: a veces puede suponer la diferencia entre poder compatibilizar la pensión con un trabajo o no. Si el tribunal permite con su elección del grado que el ciudadano tenga una incapacidad que le genera una pensión y no le inhabilite para desempeñar funciones (aunque sean distintas de las que realizaba), el pensionista no tiene por qué dejar el mundo laboral.