Economía

La patronal critica que la nueva reforma dará más rigidez y rechaza la propuesta

  • La obligación de recolocar a la plantilla no deja espacio para adaptarse
  • Los que despidan en un Erte solo devolverán las cotizaciones de los cesados
El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, y la vicepresidenta segunda de Empleo, Yolanda Díaz. EFE
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De poco sirvieron los cambios pactados entre los Ministerios de Trabajo, Economía y Seguridad Social para presentar una nueva propuesta sobre el futuro mecanismo que ha de sustituir al actual Expediente de Regulación Temporal de empleo (Erte). Los empresarios apuntaron este miércoles a elEconomista que el mecanismo supone una mayor rigidez en el nuevo Erte y en mecanismos RED de futura creación por lo que rechazaron la propuesta. No fueron los únicos. También los sindicatos expresaron el rechazo a la propuesta en la mesa de negociación de la reforma laboral que se reunió ayer.

Fuentes de Cepyme y de la CEOE apuntaron a eE su especial rechazo a la propuesta referida a los planes de recolocación en el Mecanismo RED (de nueva creación) por causas estructurales. La propuesta establece que en caso de recolocar a una persona en otra empresa, que deberá aceptar de forma voluntaria, la empresa que le despide deberá abonar al Fogasa el 50% de la cuantía del despido improcedente que le hubiese correspondido al trabajador si hubiese tenido un despido improcedente. Ese dinero se usará por el Fogasa para financiar los procesos de recolocación.

La empresa que contrate a los trabajadores recibirá un apoyo especial. Por un lado, recibirá una bonificación de las cotizaciones del contratado durante seis meses, pero además, ante un eventual despido por "causas no atribuibles al trabajador en la empresa receptora", el Fogosa se encargará del abono de la indemnización. Esta es una de las principales rigideces de la propuesta, según apunta los empresarios consultados por este diario.

Obligación de no despedir

Entre los cambios más significativos del nuevo mecanismo que sustituirá al actual Erte, el Gobierno ha suavizado la exigencia de que las empresas no puedan despedir a ningún trabajador so pena de tener que devolver las exoneraciones a la cotización de todos los trabajadores que estuviesen acogidos al Erte. Así, la propuesta que analizaron el miércoles los agentes sociales permite que aquellas empresas que despidan a algún trabajador antes de los seis meses siguientes a la finalización del periodo de referencia del aplicación del Erte sólo tendrán que devolver las exoneraciones de aquellos trabajadores a los que se rescinden los contratos.

El texto, en poder de eE, añade una disposición adicional a la ley de la Seguridad Social sobre beneficios en la cotización a los Ertes y a los Mecanismos RED de nueva creación. La propuesta permite a las empresas acogidas a estos mecanismos exenciones siempre y cuando desarrollen las acciones formativas exigidas. Sin embargo, condiciona igualmente las ayudas a que las mantengan el empleo de las personas trabajadoras afectadas por el mecanismo durante los seis meses siguientes a la finalización del periodo de aplicación del Erte o RED.

"Las empresas que incumplan este compromiso deberán reintegrar el importe"

Aunque a diferencia de las propuestas anteriores -elaboradas en solitario por el Ministerio de Trabajo- matiza que sólo se devolverá la exoneraciones de la cotización aplicadas a los trabajadores que sean despedidos: "Las empresas que incumplan este compromiso deberán reintegrar el importe de las cotizaciones de cuyo pago resultaron exoneradas [...] la persona trabajadora respecto de la cual se haya incumplido este requisito", en referencia al mantenimiento del empleo. No obstante, para los trabajadores sobre los que se "haya incumplido este requisito" , el Gobierno propuso ayer un "recargo y los intereses de demora correspondientes, según lo establecido en las normas recaudatorias de la Seguridad Social, previa comprobación del incumplimiento de este compromiso y la determinación de los importes a reintegrar por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social".

El Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo tendrá como finalidad la estabilización del empleo y la mejora de la cualificación y permitirá a las empresas solicitar a la autoridad laboral la reducción de la jornada de trabajo o, si esta no resulta viable, la suspensión de los contratos de trabajo, con condiciones especiales en materia de beneficios en materia de cotización. El Mecanismo RED requerirá una activación previa del Consejo de Ministros.

Seguridad Social propone triplicar el coste de los contratos de muy corta duración

El nuevo borrador pactado por los tres ministerios -Trabajo, Economía y Seguridad Social- y presentado ayer a los agentes sociales se centra principalmente en los futuros Ertes y la creación de un segundo mecanismo de flexibilidad interna, en los anteriores borradores denominado Mecanismo de Sostenibilidad del Empleo (MSE) y en el nuevo, Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo. Sin embargo, se aprovecha el nuevo documento para incluir algunas reformas a la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).

Quizá la más relevante, y esperada, es el mecanismo que el ministerio que dirige José Luis Escrivá tenía pendiente desarrollar para atajar los contratos de muy corta duración, por ejemplo de cinco días. Algunas empresas contratan los lunes y despiden los viernes, para volver a recontratar los lunes. Actualmente, esta práctica se castiga con un sobrecoste del 40% en la cotización de estos trabajadores, medida que, sin embargo, no ha sido útil si se tiene en cuanta que el 21% de los contratos temporales tienen una duración inferior a siete días, según datos del Ministerio de Trabajo.

El nuevo borrador eleva del 40% a un "triple del importe diario determinado por la aplicación del tipo de cotización a cargo de la empresa al tope mínimo de cotización para las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedad profesional". Se mantiene fuera de esta penalización a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por cuenta ajena agrarios. No obstante, frente a la redacción actual del artículo 151 de la LGSS, que hace referencia concreta a los contratos de cinco o menos días, el borrador se refiere al conjunto a los contratos temporales que serán incrementados en ese triple del importe diario "en el mes en que se produzca la baja del trabajador y por cada una de dichas bajas", en una redacción farragosa. 

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Comentarios 2

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El chiringuito de la Ceoe
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Mantener el chiringuito de la Ceoe Cuesta 40 millones de euros anuales a los contribuyentes , sus cabecillas principales cobran "" de salario SMI 300000 eurazos anuales . dietas hasta estando confinados , vuelos en primera clase y los chanchullos habituales que no son pocos "" sin dar palo al agua ni productividad de ningun tipo

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Jorge
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A ver si el gobierno formado por funcionarios mete mano a la administración, tenemos mismo número de funcionarios que en tiempos boyantes cuando teníamos un paro del 9%(en el 2008)Según la EPA más de tres millones de funcionarios.

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#2