Economía

Estos son los casos en los que puedes cobrar el paro si te reducen la jornada en tu empresa

  • El organismo contempla excepciones que permiten cobrarlo
  • Se descartan las reducciones de jornada voluntarias o definitivas
Foto: EP.

En algún momento de nuestra vida, un amigo, familiar o incluso nosotros mismos hemos visto cómo nuestra empresa ha reducido nuestra jornada laboral por el empeoramiento de la coyuntura económica que rodea al negocio. Una circunstancia que, dependiendo del caso, puede dar derecho al trabajador a cobrar paro para compensar la pérdida de sueldo.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) informa en su página web de que en algunos casos concretos de reducción de jornada los trabajadores tienen derecho a solicitar la prestación contributiva por desempleo.

-El primero de estos casos es la reducción de jornada por decisión empresarial basada en "causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o se produzca por causas de fuerza mayor" y siempre que la jornada, con el permiso de la Autoridad Laboral, se reduzca entre un 10 y un 70% tanto en duración como en salario.

-El segundo caso a tener en cuenta es el de las reducciones de jornada que tienen lugar por una resolución judicial derivada de un procedimiento concursal.

Con todo, el SEPE advierte de que quedan fuera de estas excepciones los acuerdos entre empresario y trabajador para la reducción de jornada, "al entenderse que la reducción de la jornada es aceptada por usted como una modificación de las condiciones de trabajo de su contrato".

Tampoco, aclara, están incluidas las reducciones de jornada de carácter definitivo o las que duran "todo el periodo que quede pendiente de cumplir del contrato de trabajo" también quedan fuera de las que permiten al trabajador optar a cobrar el paro.

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