
La prejubilación, en función de la modalidad a la que el contribuyente se pueda acoger, adelanta nuestro retiro de la vida laboral entre dos y cuatro años en la mayoría de los casos (en algunos otros, más excepcionales, incluso más), pero lo hacemos bajo la condición de perder una parte de la pensión.
El sistema de pensiones de nuestro país contempla que los trabajadores cumplan con un periodo concreto de años cotizados para acceder a la pensión. Además, cuantos más años se tengan cotizados, mayor será nuestra pensión y, en el caso de las jubilaciones anticipadas, menores pueden ser los recortes sobre la pensión a través de los coeficientes reductores. En ese sentido, el prejubilado puede tener un inesperado aliado: el servicio militar obligatorio, tradicionalmente conocido como la 'mili'.
Aunque fue suprimida en 2001, las generaciones de pensionistas de los próximos años podrían haber prestado este servicio que da derecho a engordar el periodo de cotización. Eso sí, esto solo es válido para la jubilación anticipada: no sirve para la jubilación ordinaria, esa a la que se llega una vez se cumple la edad ordinaria de jubilación (entre 65 y 66 años).
Lo explica la Seguridad Social en su página web: "Los períodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año".
Ese año máximo que se permite aportar a la cotización como consecuencia de haber prestado el servicio militar puede ser clave: ya que puede ser la diferencia entre un coeficiente reductor u otro o entre una cuantía u otra de la pensión. Por lo tanto, hay que estar muy atento a ella si el contribuyente se encuentra en ese caso.
Por el momento, la legislación no contempla que este año extra de cotización se aplique a las jubilaciones ordinarias. Esa fue la intención del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, que llegó a redactar la Ley 27/2011 de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, en cuya disposición adicional vigésima octava daba un plazo de un año para presentar un proyecto de ley que compensase las interrupciones en las carreras de cotización de las personas afectadas.
Sin embargo, la victoria del Partido Popular en las elecciones de 2011 significó en la práctica un parón de este proyecto que en los dos Gobiernos de Mariano Rajoy, así como el del PSOE en solitario y en coalición con Unidas Podemos no ha sido retomado.