Economía

El aviso del SEPE: este es el nuevo requisito para cobrar el subsidio por desempleo

  • El organismo vuelve a exigir que se haga una Búsqueda Activa de Empleo
  • El requisito fue suspendido por la pandemia, pero ya se ha recuperado
  • Afecta al subsidio extraordinario por desempleo y la Renta Activa de Inserción
Foto: eE.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha anunciado una novedad que afecta a los requisitos necesarios para optar a la Renta Activa de Inserción y el subsidio extradordinario por desempleo.

A través de su perfil en la red social Twitter, el organismo ha informado de que, tras más de un año en el que eliminó este requisito por la pandemia de coronavirus, vuelve a exigir para obtener cualquiera de estas ayudas que se realice una Búsqueda Activa de Empleo (BAE).

Este concepto se entiende como el conjunto de acciones encaminadas a ampliar las opciones de una persona para encontrar un trabajo o mejorar su empleabilidad. De acuerdo con el SEPE, estas acciones se pueden considerar parte de una Búsqueda Activa de Empleo:

-Cualquier trabajo por cuenta propia o ajena.

-La inscripción en al menos una agencia de colocación.

-El envío o presentación de curriculos en al menos tres empresas diferentes.

-La realización de al menos una entrevista de trabajo.

-La inscripción como solicitante de empleo en dos portales de empleo públicos o privados.

-La presentación a una oferta de trabajo gestionada por los Servicios Públicos de Empleo.

-Cualquier acción formativa o de información con el objetivo de conseguir el autoempleo y emprendimiento que haya sido ofertada por los Servicios Públicos de Empleo.

Cómo conseguir la Renta Activa de Inserción (RAI)

La pueden pedir desempleados de larga duración, personas con discapacidad de al menos 33%, víctimas de violencia de género o doméstica o emigrantes retornados con 45 o más años. Para conseguirla, con carácter general hay que acumular tres Búsquedas Activas de Empleo, estar 12 meses inscrito como demandante de empleo en el SEPE, no haber recibido la RAI en el último año ni haber tenido derecho por tres veces a la RAI.

Además, hay que cumplir dos requisitos económicos: no tener rentas superiores a 712,50 euros mensuales y que las rentas sumadas de cónyuges y menores de 26 años dividida entre el número de personas de la unidad familiar no supere los 712,50 euros.

La cuantía de la ayuda es del 80% del Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), 451,92 euros mensuales, y se puede cobrar durante 11 meses.

Cómo conseguir el subsidio extraordinario por desempleo

Para esta ayuda, es necesario acreditar una Búsqueda Activa de Empleo. Se dirige a desempleados de larga duración que hayan agotado el resto de ayudas y demandantes de empleo desde mayo de 2018. Se les exige, además, no tener derecho a prestaciones contributivas o asistencias por desempleo, rentas mensuales inferiores a 712,50 euros, acreditar cargas familiares, haber sido despedido de su último trabajo, que no tengan un trabajo a tiempo parcial, no haber recibido este subsidio anteriormente y no haber recibido la ayuda del Programa de Activación de Empleo. 

La cuantía de la ayuda es del 80% del Iprem, es decir, 451,92 euros mensuales, y se cobra durante 180 días.

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