Economía

Pros y contras de los autónomos en pluriactividad: estas son sus cotizaciones

  • Son los autónomos que compaginan con un trabajo por cuenta ajena
  • Tienen derecho a una serie de reducciones en las cotizaciones...
  • ...pero son incompatibles con las bonificaciones de la Seguridad Social
Foto: eE.

La modalidad de pluriactividad afecta a todos aquellos autónomos que, a la vez que forman parte del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (Reta) también están integrados en otro régimen diferente de la Seguridad Social, por ejemplo, como asalariados por cuenta ajena.

Formar parte de esta situación especial de pluriactividad tiene implicaciones para los autónomos en cuanto a las cuotas a la Seguridad Social, que no ha de pagar en su totalidad (si así lo desea) durante los primeros 36 meses siempre que se trate de su alta por primera vez en el Reta.

Reducciones en las cotizaciones

La Seguridad Social recoge los topes mínimos a las bases de cotización de estos autónomos, sobre las cuales se aplican los porcentajes correspondientes para determinar la cuota a pagar. El organismo hace diferencias entre los trabajadores a jornada completa y los trabajadores a jornada parcial suprior al 50%:

-Los trabajadores a jornada completa han de cotizar al menos por el 50% de la base de cotización mínima (944,40 euros en 2021) durante los primeros 18 meses y al menos por el 75% de la base mínima los 18 meses siguientes.

-Los trabajadores a jornada parcial superior al 50% deben cotizar al menos por el 75% de la base mínima durante los 18 primeros meses y por el 85% de la base mínima los 18 meses siguientes.

El tope máximo de estas bases de cotización es, simplemente, la base máxima de cotización para 2021, que es de 4.070,10 euros. Los autónomos pueden cambiar estas bases de cotización hasta cuatro veces al año.

Estas son las incompatibilidades

Estas reducciones tienen una contrapartida: el régimen de pluriactividad es incompatible con "cualquier otra bonificación o reducción establecida como medida de fomento del empleo autónomo", según explica la Seguridad Social. Esto se refiere a las bonificaciones (entre ellas, la famosa tarifa plana) que los autónomos disfrutan entre dos y cinco años dependiendo de sus condiciones cuando se dan de alta por primera vez en el Reta.

Las reducciones tampoco son compatibles con la devolución de cuotas a la Seguridad Social que regula la ley y que da derecho al reintegro de hasta el 50% del exceso de las cuotas pagadas tanto por el empresario y el trabajador en la actividad pr cuenta ajena como por el autónomo en su actividad por cuenta propia.

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