Economía

Cómo pedir los 378 euros del complemento para reducir la brecha de género

  • Entró en vigor el 4 de febrero y podría beneficiar a 30.000 mujeres en 2021
  • Se puede pedir en la Sede Electrónica de la SS o de manera presencial
Foto: Dreamstime.
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El nuevo complemento por maternidad destinado a reducir la brecha de género ya es una realidad. Desde que en febrero fue aprobado por el Gobierno y posteriormente refrendado por los agentes sociales, los ciudadanos con hijos a su cargo pueden reclamarlo junto a sus pensiones contributivas de jubilación, incapacidad y viudedad si crearon su derecho a la pensión a partir del 4 de febrero.

La Seguridad Social informa de que este complemento, que es de 378 euros anuales por hijo hasta un máximo de cuatro hijos y puede llegar hasta a 30.000 mujeres en 2021 (los hombres pueden pedirlo si acreditan que la paternidad perjudicó a su carrera laboral), se puede pedir mediante certificado digital y dni electrónico en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

También se puede conseguir el formulario correspondiente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social sin necesidad de certificado digital (tan solo adjuntando el modelo de solicitud y la documentación necesaria) y se puede hacer de forma presencial, aunque eso requiere la petición de cira previa mediante la web de la Seguridad Social o los teléfonos 91 541 25 30 y 901 10 65 70.

¿Cómo se puede solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género?

La Seguridad Social facilita en este enlace todos los impresos de solicitud necesarios para la petición de pensiones y prestaciones. Así, en función del tipo de pensión contributiva (jubilación, incapacidad permanente o viudedad) que se tenga, ha de descargarse un formulario u otro.

En el punto 3.1 para el caso de la pensión de viudedad y el 3.2 para las de incapacidad y jubilación aparecen los campos a rellenar:

-Nombre y apellidos de los hijos.

-DNI, NIE o pasaporte de los hijos.

-Fecha de nacimiento de los hijos.

-Fecha de la resolución de adopción o acogimiento (si es el caso).

-Nombre y apellidos del otro progenitor.

-DNI, NIE o pasaporte del otro progenitor.

-Fecha de nacimiento del otro progenitor.

-Sexo del otro progenitor.

Además, en las indicaciones que aporta la Seguridad Social en cada uno de los formularios se explica que, de cara a las comprobaciones de los organismos oficiales, se necesitan los certificados del Registro Ciivl o Libro de Familia, así como las resoluciones judiciales de adopción o decisiones administrativas o judiciales de acogimiento para acreditar los nacimientos que se alegan para pedir el complemento.

En el caso de adopciones internacionales realizadas por autoridades extranjeras, la Seguridad Social indica que deberá acreditarse que han surtido efectos en España conforme a lo establecido por la Ley de Adopción Internacional.

¿Qué requisitos hay que cumplir para poder optar al complemento para reducir la brecha de género?

-Estar adscrito a algún régimen de la Seguridad Social y solicitar una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente.

-Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.

-En el caso de los hombres, causar el derecho a una  pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor siempre que uno de los hijos tenga derecho a pensión de orfandad y poder demostrar la interrupción o perjuicio de la carrera profesional a raíz del nacimiento o adopción.

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