Economía

ERC busca cuadruplicar las exigencias de exención en Patrimonio a las pymes

  • Aspira a crear un impuesto estatal que impida a las CCAA introducir exenciones
  • Si la medida prospera, entorpecerá la sucesión en empresas familiares
La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero
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La participación mínima exigida por socio en la empresa familiar tendrá que cuadruplicarse para quedar exenta en el Impuesto del Patrimonio (IP) y beneficiarse de la exención del 95% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) en las sucesiones por fallecimiento (mortis causa). Así se establece en una enmienda de ERC a los Presupuestos Generales del Estado para 2021, que actualmente se debaten en el Congreso. La enmienda, que recoge algunas de las ideas anunciadas por la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, y por los líderes de Unidas Podemos, prevé que la participación social mínima por contribuyente pase del actual 5% al 20% del capital de la sociedad. En el caso de los núcleos familiares para que las participaciones queden exentas, deberán suma un 40% del capital social, frente al 20% actual. Según un amplio número de los asesores fiscales consultados tal como están las negociaciones entre los grupos, tienen muchos visos de prosperar.

Carencia de respaldo legal

Esaú Alarcón, socio en Gibernau Asesores y profesor de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Abat Oliva CEU, explica que "ampliando el porcentaje de participación exigible, se amplía el hecho imponible del tributo mediante el empeoramiento de la exención. La duda está en si una ley de presupuestos está habilitada para realizar un cambio de semejante calado. En mi opinión, resulta inconstitucional, porque la Ley del IP no lo prevé expresamente".

La modificación afecta a la letra b) del artículo 4.8.2 de la Ley del IP, precepto que declara exentos del impuesto a "la plena propiedad, la nuda propiedad y el derecho de usufructo vitalicio sobre las participaciones en entidades, con o sin cotización en mercados organizados", siempre que concurren las condiciones de participación del sujeto pasivo explicadas. La excusa de ERC para incluir esta modificación legislativa y subir los porcentajes mínimos es la defensa de las mayorías en las sociedades no cotizadas.

Sin embargo, Fernando Santiago, presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, desmonta este argumento al señalar que "desde un punto de vista microeconómico es una bestialidad". Y razona que la mayor parte de los patrimonios empresariales de este país son de estas características, están entre el 5% y el 8%, porque estos patrimonios no son los que van de padres a hijos, sino de abuelos a nietos, por lo que los porcentajes que quedan en este tipo de herencias son de porcentajes pequeños. De esta forma, considera que es "una enmienda totalmente recaudatoria, confiscatoria, que en ningún caso pretende redistribuir riqueza ni poner en mejor situación a los contribuyentes". Además, considera que no deberían modificarse este tipo de impuestos, sino los de consumo directo, porque estos lo que gravan es el ahorro. "Con este tipo de medidas se cargan el modelo de empresa familiar".

Afecta al relevo generacional

Es preciso tener en cuenta que la enmienda altera el régimen de las empresas familiares en elISD, en cuyo articulo 20.2.c) de Ley reguladora, se establece que en la base liquidable en la sucesión mortis causa en una empresa que se beneficie de la exención en el IP, se puede aplicarse una reducción de 95% de la base imposible. También resulta polémica la segunda parte de la enmienda de ERC, por cuanto lo que se propone es la creación de un nuevo IP, no cedible a las CCAA. Se trata de un impuesto estatal de cuya base liquidable se restará la del Impuesto abonado a la autonomía correspondiente. De esta forma, lo que deje de recaudar por exenciones la CCAA lo ingresará el Estado.

Así, se trata de salvar la doble tributación por el mismo concepto, lo que está vedado por la legislación tributaria. Señala ERC en su enmienda que en el nuevo impuesto "el importe del mínimo exento, así como la escala de tipos de gravamen, serán los fijados por la normativa estatal con carácter supletorio". ERC justifica la medida para hacer frente a la competencia fiscal a la baja entre comunidades autónomas en el Impuesto sobre el Patrimonio, con la consiguiente merma de su capacidad impositiva en relación con este tributo, dadas las posibles deslocalizaciones de las personas con mayores niveles patrimoniales y la reducción de la capacidad redistributiva del sistema fiscal español.

Además, aducen que incrementa la recaudación, en como mínimo 1.000 millones de euros, e intensifica la capacidad redistributiva del sistema impositivo, al gravarse los grandes patrimonios independientemente de su localización.

Todas las fuentes consultadas por elEconomista coinciden en que esta reforma del Impuesto supone una violación de las normativas sobre competencias de las CCAA que no tiene cabida en el ordenamiento jurídico y por tanto incumpliría la Constitución. Madrid y Cataluña tienen más de la mitad de la riqueza declarada en el IP.

Los miembros del Gobierno de la Comunidad de Madrid (CAM) están indignados con una medida que califican de atentado contra la independencia de su gestión y que no es la primera que sufren del Gobierno de Sánchez y sus socios. Javier Fernández-Lasquetty, consejero de Hacienda, en declaraciones a elEconomista, estima que "es una vergüenza que el pacto entre socialistas e independentistas pretenda subir obligatoriamente los impuestos a los madrileños, Y desde luego, socialistas e independentistas si pretenden eliminar las bajadas de impuestos desde que empezamos, aquí en la CAM, pues como Sucesiones y como Patrimonio, que sepan que van a tener enfrente a la Comunidad, y por supuesto a los propios madrileños"

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