
La retirada del título de Rey, que ostenta Juan Carlos I, se ha convertido en una exigencia de primera magnitud para los dirigentes políticos de los partidos republicanos e independentistas. La salida de España del Rey emérito ha incrementado a la exigencia de retirada de los honores concedidos.
Así, en los municipios liderados por Unidas Podemos y otros grupos que favorecieron la investidura de Pedro Sánchez como presidente del Gobierno (PNV, ERC. EH Bildu, Compromís, etc.) se procede a la retirada de su nombre de las calles, en los municipios en los que cuentan con mayoría, o se limitan a presentar su solicitud en los que no alcanzan el apoyo necesario.
El pasado 14 de abril, el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, celebraba el aniversario de la II República pidiendo el cambio de régimen, petición que han replicado otros muchos altos cargos de Unidas Podemos. La instauración de la República a medio plazo ha sido el mensaje lanzado por el propio Iglesias en las diferentes intervenciones públicas que ha realizado en los últimos meses.
El presidente del Gobierno, en espera de lograr consenso suficiente para aprobar los Presupuestos Generales para 2021, manifestaba, nada más conocerse la salida de España del Rey Emérito para fijar su residencia fuera de España, que su Gobierno, del que forma parte Podemos, "considera plenamente vigente el pacto constitucional, que incluye la Monarquía en la Jefatura del Estado".
La revocación del título de Rey debería hacerse a través de la modificación del Real Decreto 470/2014, de 13 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1368/1987, de 6 de noviembre, sobre régimen de títulos, tratamientos y honores de la Familia Real y de los Regentes.
Se trata de un asunto protocolario, que no requiere tocar la Constitución, pero con limitaciones procedimentales. Razón de ello es que el artículo 86 de la Constitución establece que los reales decretos leyes "no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos...".
Sin embargo, el Gobierno no puede aprobar un Real Decreto-Ley sin la aprobación del Rey Felipe VI, porque en este tipo de norma es el rey quien se encarga de sancionar y ordenar la publicación y cumplimiento de la norma. Es decir, el Gobierno no puede aprobar el Real Decreto-Ley sin la sanción real. Esta situación generaría una difícil situación para el actual monarca.
Proposición parlamentaria
Esquerra Republicana (ERC) y Bildu, en abril de este año, registraron una proposición de ley en el Senado para reformar hasta tres leyes con el objetivo de quitar el fuero al Rey, despojar a los Reyes en ejercicio de su privilegio de no tener que declarar como testigos en procedimientos judiciales y fiscalizar las actividades económicas y financieras de la Corona. En concreto, plantean en su proposición, introducir modificaciones en los artículos que regulan estos asuntos en la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas y la ley de enjuiciamiento criminal.
Los promotores de esta iniciativa basan sus argumentos, entre otras razones, en que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha señalado en su jurisprudencia que "el interés del Estado por proteger su propio jefe de Estado no puede justificar la concesión al mismo Estado de actuar contra el derecho a informar o expresar las opiniones sobre él".
El problema que tienen las Leyes Orgánicas es que necesitan mayorías cualificadas para su aprobación parlamentaria, en una votación final sobre el texto definitivo y completo, lo que supondría el apoyo de formaciones políticas de la oposición.
En la Constitución se establece que el Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes. Y añade, que "la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2".
El propio Sánchez ha revelado su intención de modificar la Constitución para limitar la inviolabilidad del Rey dentro de la revisión general de los aforamientos.
El Tribunal Supremo rechaza las medidas cautelares solicitadas
La Sala de vacaciones del Tribunal Supremo rechazó ayer la adopción de medidas cautelares contra, Juan Carlos I, y en la providencia emitida ha recordado que el rey emérito no está investigado. En este escrito judicial, la Sala desestima las peticiones realizadas por Òmnium Cultural, alegando los magistrados, que el sistema procesal español no contempla la adopción de medidas cautelares respecto de quien no tiene la condición de investigado, como es el caso del rey emérito.
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