Primer round para Boris Johnson. Un juez ha desestimado temporalmente la demanda de urgencia presentada por 75 diputados y lores contra el cierre del Parlamento. De este modo, la Justicia de Escocia no bloqueará en primera instancia la suspensión del Parlamento británico que había propuesto el primer ministro Boris Johnson y que había aprobado la reina Isabel II posteriormente. No obstante, el Tribunal de Sesiones de Edimburgo aplaza hasta el martes la vista definitiva en la que dictaminará (con más tiempo para analizar y estudiar la situación) si es legal la decisión del primer ministro británico, Boris Johnson, de cerrar el Parlamento hasta pocos días antes del 31 de octubre, la fecha prevista para que el Reino Unido abandone la Unión Europea.
Ni un día completo había pasado desde que la reina Isabel II aceptara la solicitud del primer ministro, Boris Johnson, de suspender el Parlamento durante un mes para evitar que los diputados bloquearan la posibilidad de un Brexit sin acuerdo y la polémica decisión ya estaba en los tribunales. Cortes de Escocia e Irlanda del Norte han estado tramitando los recursos interpuestos por la oposición, y la primera sentencia se decanta por no bloquear la suspensión del Parlamento.
El juez Raymond Doherty en Edimburgo no ha otorgado una orden de emergencia contra el plan del primer ministro argumentando que hay tiempo para celebrar varios debates sobre el tema la próxima semana.
Ante el cierre del Parlamento británico aparecen nuevas connotaciones sobre el camino que debe seguir el Reino Unido para abandonar la Unión Europea. El Parlamento tiene más difícil evitar un Brexit duro, algo que comienza a cotizar el mercado como se ha podido ver en las últimas jornadas con la depreciación de la libra.
La intrahistoria judicial
Esta sentencia corresponde al primer caso que llegó este mismo jueves de la mano de la abogada y diputada nacionalista escocesa Joanna Cherry, que apeló en una corte de su estado alegando que, al haberse firmado la orden en el Palacio de Balmoral (Aberdeen, Escocia), cae bajo su jurisdicción.
Su argumento, expuesto por el también jurista Aidan O'Neill, es que una ley de 1689 prohíbe al monarca "alterar la constitución de forma arbitraria bajo el consejo de ministros despóticos", grupo en el que incluye a Johnson. La suspensión del Parlamento es "ilegal, inconstitucional, injustificable y sin precedentes", argumentó.
El abogado del Gobierno ya argumentó que es una decisión "política" y que, por tanto, es algo que debe resolverse en el Parlamento, no en los tribunales. La sentencia ha terminado siendo en sentido, lo que permite al cierre seguir adelante.