Motor

El vídeo que resume en menos de dos minutos cómo te afecta Madrid Central si circulas en moto

El pasado viernes 30 de noviembre entró en vigor Madrid Central (MC), el gran área de bajas emisiones que restringe el acceso a los vehículos de no residentes en función del distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) que le corresponda.

Una medida con la que el Consistorio madrileño pretende reducir el tráfico y las emisiones de gases contaminantes en las principales arterias del corazón de la capital, y que afecta también a las motocicletas (consulte aquí las diferentes pegatinas). Por ello, desde Anesdor, la Asociación Nacional de Empresas del Sector de Dos Ruedas, han elaborado un vídeo explicativo de menos de dos minutos-al final de la noticia- que resume las principales claves a tener en cuenta a la hora de acceder a Madrid Central:

- ¿Cómo identificar MC? Toda la zona está delimitada por líneas rojas y 57 señales que advierten a los conductores de dónde comienza.

- ¿Se puede acceder? Sí, pero hay un margen de horario. Las motos de menos de 15 años pueden pasar a MC libremente desde las 7 hasta las 22 horas. Fuera de esta franja, se puede acceder solo si estacionas en un parking. En cualquier caso, si entra con la moto antes de las 22 horas, puede salir sin ser sancionado puesto que solo se regula la entrada.

- La pegatina de la DGT. El distintivo ambiental discrimina a los vehículos más contaminantes, por lo que es aconsejable pegarlo en algún lugar visible de la motocicleta. No obstante, no es obligatorio llevarlo hasta el 24 de abril de 2019. Se puede adquirir en Correos, ya sea en oficias o por internet y recibirlo en casa, o a través de las gestorías. 

- ¿Y si vivo ahí? Los empadronados y sus invitados -se pueden autorizar hasta 20 accesos al mes para las visitas- pueden circular libremente. A partir de 2020, los vehículos de dos ruedas de los huéspedes deberán tener etiqueta, y las motos de los residentes desde 2025.

- El uso de la acera. En cuanto al aparcamiento en paralelo en la acera, solo está permitido si se deja al menos tres metros de ancho para el tránsito de los peatones, tal y como se recoge en la Ordenanza de Movilidad Sostenible aprobada el pasado mes de octubre. No obstante, en Madrid Central se debe estacionar siempre en las plazas reservadas para las motocicletas y el estacionamiento en la acera solo será una opción si no existen plazas específicas para estas o banda de estacionamiento.

- Con polución. En el supuesto de activarse el Protocolo por alta contaminación, las motos matriculadas a partir de 2003 podrán moverse con libertad durante los Escenarios 2 y 3; si se decreta el Escenario 4, las motos con etiqueta B solo podrán circular por la M-30 sin acceder a la almendra central; mientras que con el estado de Alerta o Escenario 5, únicamente las motos Cero y Eco pueden circular por el interior del anillo de la M-30.

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