De lleno en la campaña para pagar el impuesto de circulación, que se abrió el pasado 1 de abril y finalizará el próximo 30 de junio, existe un método por el que la Dirección General de Tráfico (DGT), junto a los ayuntamientos, permite no tener que afrontar este pago. Un procedimiento dentro de toda legalidad, pero que no vale para todos los conductores.
Uno de los gastos obligatorios que más polémica levanta en las inversiones de un coche o moto es el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM). El conocido como impuesto municipal de circulación, que deja alrededor de 4.000 millones de euros de recaudación en los ayuntamientos, supone en medio de la covid-19 otro coste que se afronta se hayan hecho o no los kilómetros de otros años.
Sin embargo, existe un pequeño secreto, que de vez en cuando la DGT lo recuerda en sus redes sociales, por el que se puede dejar de pagar este impuesto durante el tiempo que así lo considere el propietario. Apoyado por el hecho de poder dar de baja un vehículo, sus condiciones son muy marcadas por lo que no a todo el mundo le sale rentable.
¿Qué no se puede hacer con un vehículo dado de baja?
Y es que a pesar de que es muy sencillo dar de baja un coche o moto, a través de la web de la DGT con el coste de 8,59 euros más adjuntar toda la documentación necesaria, una vez hecho el vehículo no podrá moverse. Bajo ningún concepto, así como tampoco podrá estar estacionado en la calle, deberá guardarse en una propiedad privada.
Por su parte, el Gobierno aprobó hace unos meses un decreto por el que limita estas bajas temporales, que antes podían ser indefinidas. Con el fin de acabar con los llamados "coches zombie", las bajas desde 2022 solo pueden ser de un año prorrogables siempre que el dueño acredite las documentaciones pertienentes.
Otras exenciones al pago
Además, los vehículos robados (previa denuncia ante la policía) tampoco tendrán que pagar el impuesto puesto que se dan de baja automáticamente. Así mismo, los vehículos oficiales, de representantes diplomáticos, de servicio sanitario, para personas de movilidad reducida (grado igual o superior al 33%), de transporte público urbano con más de nueve plazas (incluida la del conductor) y maquinaria con Cartilla de Inspección Agrícola, están también exentos del pago.
¿Cuánto se paga?
En función de la potencia y clase de cada vehículo, la provincia puede aplicar un coeficiente de incremento máximo. Es por esto por lo que no paga igual un conductor de Cádiz que uno de San Sebastián. Sin embargo los precios, según la Ley Reguladora de Haciendas Locales estipulan las siguientes marcas:
- De menos de 8 caballos fiscales: 12,62 euros.
- De 8 hasta 11,99 caballos fiscales: 34,08 euros.
- De 12 hasta 15,99 caballos fiscales: 71,94 euros.
- De 16 hasta 19,99 caballos fiscales: 89,61 euros.
- De 20 caballos fiscales en adelante: 112 euros.