
Este miércoles se abre la última de las tres etapas de la Campaña de la Renta 2023-2024: aunque la presentación presencial de las declaraciones tardará aún unos días ya se puede pedir cita previa para realizar este trámite en una oficina de la Agencia Tributaria con uno de los funcionarios de Hacienda.
Se podrá pedir cita previa desde este mismo miércoles 29 de mayo hasta el viernes 28 de junio para la presentación presencial de las declaraciones de la Renta desde el lunes 3 de junio hasta el lunes 1 de julio.
Por eso, Hacienda ya ha colgado en su página web un manual con las instrucciones tanto para pedir cita previa con el objetivo de hacer la Renta de forma presencial como para realizar el trámite sin problemas y de la forma más rápida posible.
Cómo pedir cita previa para presentar la Renta de forma presencial
De acuerdo con la información que Hacienda ha colgado en su página web, hay tres formas diferentes:
- Por internet, con un certificado digital (puede conseguirlo en varios sencillos pasos), Cl@ve (así puede registrarse para obtener Cl@ve PIN o permanente), DNI electrónico (así puede conseguirlo) o número de referencia (que se obtiene con el dato de la casilla 505 de la Renta del ejercicio anterior).
- Con la app de la Agencia Tributaria.
- Llamando a los teléfonos de atención personalizada 91 553 00 71 o 901 22 33 44, que tienen un horario de atención de lunes a viernes de 9 a 19 horas.
Qué documentación necesitas para presentar la Renta por teléfono
La Agencia Tributaria recoge en su página web la documentación que los contribuyentes han de tener cuando lleguen a una oficina de Hacienda para presentar la declaración de la Renta de forma presencial:
- La documentación referente a la situación personal: el DNI original del titular de la cita y la fotocopia de DNI de los que figuren en la declaración, un número IBAN de una cuenta bancaria, las referencias catastrales de los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler y la autorización firmada por otros declarantes (y fotocopia de su DNI) para realizar y presentar en su nombre la declaración, si fuese el caso.
- Cualquier justificante necesario para acreditar el derecho a disfrutar de las deducciones autonómicas: NIF del arrendador, cantidades pagadas en alquiler, saldos pendientes de amortizar en vivienda habitual, recibos de seguros de hipoteca, justificantes de donativos...
- Además, la Agencia Tributaria detalla en este enlace los documentos que hay que entregar dependiendo de los ingresos que haya recibido el contribuyente, siempre que no aparezcan reflejados en los datos fiscales.