Declaración de la renta

Estas son las deducciones en Cataluña para la Renta 2020-2021

  • Abordan aspectos habituales como nacimientos, alquileres, donaciones...
  • También se ha incluido una deducción extra a consecuencia del covid-19
Foto: iStock.
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La Campaña de la Renta ya ha empezado y los contribuyentes empiezan a revisar sus borradores. No hay que dejar nada al descuido, y para poder tener un mejor resultado en nuestra declaración es importante dedicar un buen tiempo a las deducciones autonómicas, que cada región establece de una forma diferente.

En Cataluña, la Generalitat tiene, por esta razón, sus propias deducciones, que, por cierto, tienen incluso una pequeña novedad por la pandemia de coronavirus y sus derivaciones económicas para los afectados por un Erte. Estas son todas las deducciones de la comunidad autónoma catalana, todas ellas recogidas en el manual de 2020 de la Renta de la Agencia Tributaria.

Por nacimiento o adopción de un hijo

Esta deducción es de 150 euros por cada progenitor en tributación individual para nacimiento o adopción en el ejercicio impositivo. La deducción es de 300 euros en tributación conjunta.

Por alquiler de vivienda habitual

La deducción es del 10% de las cantidades pagadas en el periodo impositivo, con un límite de 300 euros para personas de hasta 32 años, con seis meses o más en desempleo, una discapacidad del 65% o superior, viudedad o 65 años o más. El límite es de 600 euros para las personas que paguen más del 10% del total de sus rendimientos netos en concepto de alquiler y para las que la suma de la base imponible general y del ahorro menos el mínimo personal y familiar no llegue a 20.00 euros.

Si varias personas tienen derecho a esta ayuda, se deberá dividir entre el número de contribuyentes, ya que se trata de una deducción por alquiler, no por persona. Además, solo puede aplicarse una vez.

Pago de intereses de préstamos de máster y doctorado

La deducción será la cantidad de intereses pagados en el periodo impositivo por préstamos para el estudio de máster o doctorado mediante la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación.

Para viudos en 2018, 2019 y 2020

Las personas que se hayan quedado viudas en 2018, 2019 y 2020 tienen una deducción de 150 euros con carácter general y 300 euros si tienen a su cargo a uno o más descendientes que otorguen derecho a la aplicación del mínimo por descendientes. Estas deducciones tienen derecho a aplicarse en el año del fallecimiento y los dos siguientes (si se mantienen las circunstancias).

Fomento del uso de la lengua catalana u occitana

Se deducirán el 15% de las donaciones para fomentar el uso de estas lenguas, con un límite del 10% de la cuota íntegra autonómica. Las donaciones han de ser al Instituto de Estudios Catalanes, al Instituto de Estudios Araneses, a la Academia Aranesa de la Lengua Occitana o alguna de las entidades públicas o sin ánimo de lucro "que tengan por finalidad el fomento de la lengua catalana o de la occitana".

Donaciones para investigación e innovación

Se deducirán el 25% de las donaciones, con un límite del 10% de la cuota íntegra autonómica, a institutos universitarios y centros de investigación adscritos a universidades catalanas, así como centros de investigación promovidos o participados por la Generalitat.

Donaciones en beneficio del medio ambiente

Las donaciones a entidades en beneficio del medio ambiente, la conservación del patrimonio natural y de custodia del territorio tienen una deducción del 15%, con el límite del 5% de la cuota íntegra autonómica.

Rehabilitación de vivienda habitual

La deducción es del 1,5% de las cantidades gastadas en el periodo impositivo, con un límite de 9.040 euros.

Inversiones de ángeles inversores

Se deducirán el 30% de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones sociales, con un límite de 6.000 euros en sociedades anónimas, limitadas, anónimas laborales y limitadas laborales con domicilio en Cataluña. La deducción es del 50% hasta 12.000 euros en caso de inversiones en sociedades creadas o participadas por centros de investigación o universidades.

Tramo autonómico por inversión en vivienda habitual

En Cataluña la deducción es del 7,5% con carácter general y del 15% para obras de rehabilitación de viviendas de personas con discapacidad. El tramo general puede irse al 9% para casas adquiridas antes del 30 de julio de 2011 en caso de personas de 32 años o menos, estar al menos seis meses en paro, tener un 65% de discapacidad o formar parte de una unidad familiar con un hijo, con un límite de 30.000 euros de base imponible total menos el mínimo personal y familiar.

Deducción por dos cobradores en Erte

Se trata de una medida puesta en marcha a consecuencia del covid-19, y se basa en deducir la diferencia entre la cuota íntera autonómica y la cuota íntegra estatal, siempre que sea positiva, con el objetivo de eliminar la penalización de estos trabajadores frente a otros ciudadanos que no están en Erte.

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