Opinión
Cuando a finales del s. XVIII nacen los registros de la propiedad para ordenar las cargas y proporcionar tranquilidad a los prestamistas, se plantan en España los cimientos de lo que hoy se conoce como seguridad jurídica preventiva. Seguridad jurídica porque quien contrata sabe a qué atenerse, sin miedo a la aparición de sujetos que reivindiquen una posición mejor que la suya sobre un determinado bien; preventiva, porque este estado de cosas -basado en la fortaleza de la publicidad registral- tiene la virtud de evitar el pleito, hacerlo inútil o, si se prefiere, innecesario. Este modelo de Registro cruza poco después el Atlántico y se desarrolla como parte del Derecho propio de los países que integran esa comunidad de naciones que hoy se conoce como Iberoamérica.