El Supremo exige que el texto sea fruto de una negociación con los trabajadores
El Supremo exige que el texto sea fruto de una negociación con los trabajadores
El Tribunal Supremo (TS) rechaza que la empresa pueda imponer un plan de igualdad sin contar con el consenso de los trabajadores. La sentencia, de 13 de septiembre de 2018, establece que el plan debe ser fruto de la negociación con los representantes de los trabajadores y su intervención en la elaboración constituye un derecho de negociación colectiva.
Víctor Fernández González, magistrado de lo mercantil, apuesta por la necesidad de equiparar el principio de limitación de responsabilidad en las personas jurídicas a favor de personas físicas. Así lo manifestó en la III Jornada Societario Concursal, organizada por el Ilustre Colegio Provincial de Abogados de Alicante en colaboración con Eactivos, portal de subastas online de bienes procedentes de empresas, de particulares o de activos en liquidación concursal.
Jordi Baqués, delegado en Cataluña de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) reclama "un pacto de Estado por un sistema de financiación autonómica que no favorezca diferencias de tributación injustificables. Un sistema que no fomente la competitividad imposible entre las comunidades autónomas". El experto apuesta por "un sistema que sí fomente la eficiencia en el gasto, pero no el aprovechamiento de un sistema estructural de ingresos desiguales y que no favorezca la competencia desleal entre algunos territorios del Estado de imposible solución".
El Tribunal Constitucional permite que el personal de las empresas de transporte de viajeros por carretera puedan ejercer funciones de policía administrativa. La sentencia, de 6 de septiembre de 2018, avala de este modo la Ley del Parlamento de Cataluña 12/1987, de 28 de mayo, sobre regulación del transporte por carretera mediante vehículos de motor, que atribuye la condición de agente de autoridad a los empleados de las empresas de transportes de viajeros por carretera en el ejercicio de sus funciones.
El Tribunal Constitucional ha avalado la libertad sindical de un miembro del comité de empresa despedido por exhibir en un pleno municipal el mensaje "donde hay un corrupto hay un corruptor", en referencia a su propia empresa. La sentencia, de 6 de septiembre de 2018, considera que su despido disciplinario ha vulnerado la "libertad sindical en relación con la libertad de expresión".
El abogado general rechaza mantener la validez parcial de cláusulas abusivas mediante la vía de suspensión del motivo
El Abogado General de la Unión Europea, el magistrado Szpunar, rechaza, en sus conclusiones presentadas hoy, la práctica de que los tribunales puedan mantener la validez parcial de esta cláusula mediante la mera supresión del motivo de vencimiento que la convierte en abusiva. Niega que apreciado el carácter abusivo de una cláusula contractual que permite declarar el vencimiento anticipado de un contrato de préstamo hipotecario, en particular en caso de falta de pago de una única cuota mensual, pueda mantener una validez parcial mediante este mecanismo.
El Abogado General de la Unión Europea Szpunar rechaza normas procesales que impongan a un Juzgado despachar una ejecución hipotecaria tomando como fundamento una cláusula de vencimiento anticipado cuyo carácter abusivo ha sido declarado en una resolución firme dictada por un órgano jurisdiccional superior -como una Audiencia Provincial- en el marco de un procedimiento de ejecución hipotecaria anterior que oponía a las mismas partes y que se basaba en el mismo título ejecutivo. Szpunar destaca que la Ley de Enjuiciamiento Civil española tiene esta previsión y establece que, una vez adquiera firmeza el auto que deniegue el despacho de la ejecución, el acreedor sólo podrá hacer valer sus derechos en el proceso ordinario correspondiente, si no se opone a ello la fuerza de cosa juzgada de la sentencia o resolución firme en que se hubiese fundado la demanda de ejecución.
Luxemburgo dice que es una discriminación de carácter religioso