David García Vázquez
El Tribunal Constitucional, mediante el auto emitido el 20 de junio de 2018, no admite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo, al considerar que existe una doble imposición por el Impuesto sobre la producción de energía eléctrica Ivpee y el IAE. Ambos tienen hecho imponibles casi idénticos, y por tanto, considera el Tribunal Supremo que esta doble imposición va en contra del principio de no confiscariedad que recoge el artículo 31.1 de nuestra Constitución.