
Determinar los límites de la cultura corporativa muchas veces es complicado. Cuando se trabaja en equipo hay que acudir a reuniones y compartir unos valores comunes para que la empresa salga adelante, profesionalmente hablando. El problema viene cuando la frontera entre trabajo y fiesta se difumina.
Y si no que se lo digan a un trabajador francés que se vio obligado a tomar medidas legales contra su empresa, que afirmaba le había despedido por no ser lo suficientemente "divertido", según recoge el diario galo Le Figaro.
El hombre, consultor de profesión, fue contratado en 2011 por una compañía parisina con una cultura del trabajo un tanto peculiar, según su criterio. Eran habituales los seminarios "desinhibidos" en los que, cuenta, los jefes proporcionaban "grandes cantidades de alcohol" a los empleados que acudían, algo que "incitaba a los excesos y a los deslices" y traspasaba los límite de lo aceptable para unos compañeros de trabajo.
Al no estar de acuerdo con esta forma de hacer, y puesto que no tenía que ver con el objeto por el que había sido contratado, decidió no acudir a pesar de las reiteradas invitaciones.
Cavó su propia tumba
"Incompetencia profesional" y "falta de alienación" con el espíritu "divertido" de la compañía es lo que recogía su carta de despido, que recibió tras rechazar las convocatorias. Asimismo, se le achacó "rigidez" en el trato, "falta de capacidad de escuchar" y "un tono duro y desmotivador hacia sus subordinados". Cabe mencionar que en 2014 fue ascendido a director antes de ser despedido tan solo un año después.
No conforme con la decisión, el hombre lo puso en conocimiento del tribunal laboral para impugnarla, además de solicitar una indemnización por despido improcedente de 461.496 euros, reclamación que fue desestimada en primera instancia. El caso se remitió al Tribunal de Apelación de París, antes de que ambas partes interpusieran recurso ante el Tribunal de Casación.
Pero el caso no acabó aquí. En noviembre de 2022 el Tribunal de Casación lo revisó y, esta vez sí, dio la razón al trabajador. Los magistrados concluyeron que la negativa del empleado a participar en estas actividades, así como su derecho a opinar de ellas, formaban parte de su "libertad de expresión y protesta, una libertad fundamental".
En la sentencia se detalla que "la cultura de 'diversión y profesionalidad' vigente en la empresa se caracterizaba por prácticas humillantes e intrusivas en la vida privada, como actos sexuales simulados, la obligación de compartir la cama con otro empleado durante los seminarios, el uso de apodos para referirse a las personas y la publicación de fotos distorsionadas y manipuladas en las oficinas".
Le autorizan la indemnización
Finalmente, en enero de 2024, el Tribunal de Apelación de París declaró nulo el despido, obligando a la empresa a readmitirlo y pagarle una indemnización incluso superior a la que había pedido en un primer momento: 496.298,79 euros. "La indemnización concedida corresponde a la cantidad que debería haber recibido durante el periodo en que no trabajó" declaró su abogado para Le Figaro.
Con todo, el presidente de la empresa denuncia que se trata de "una lectura recreativa del caso gracias a una serie de amalgamas". Añade además que "nadie quería trabajar con él, ni los clientes que nos pedían que dejáramos de trabajar con él ni los empleabas que se negaban a formar parte de su equipo".
A su juicio, la indemnización es demasiado elevada y, además, "han pasado casi diez años". Aún así, respeta el veredicto de los jueces: "Cumplo con la justicia. Si se presenta a trabajar, le mostraré todo mi respeto, como a mis empleados".