
Este 23 de julio de 2023, los ciudadanos están llamados a las urnas en el contexto de las elecciones generales, por lo que, entre el 24 y el 28 de junio, se han celebrado ya los sorteos para decidir quiénes son los miembros de las mesas electorales.
Todos los ciudadanos menores de 70 años que estén en el censo electoral podrán ser convocados a una mesa el día de las elecciones, pero hay algunos de ellos que pueden quedar exentos por alguna de los motivos recogidos en la Ley Electoral General.
En el caso de que un elector sea convocado a la mesa electoral y no pueda acudir por alguno de los motivos recogidos, deberá presentar la justificación dentro de plazo para evitar así ir a la mesa electoral, ya que se trata de un cargo de obligado cumplimento.
Plazo de siete días
"Los designados Presidente y Vocal de las Mesas electorales disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo", recoge la mencionada normativa.
Hay dos formas para justificar la imposibilidad de acudir a la mesa electoral el día 23 de julio: de forma presencial ante la Junta Electoral de la zona correspondiente o de forma telemática, mediante la aplicación online de la Junta Electoral Central.
Cómo presentar el justificante de forma presencial
En el primero de los casos, los ciudadanos pueden consultar la dirección de la Junta Electoral de zona correspondiente a través de las webs de los Ayuntamientos o, directamente, en la web de la Junta Electoral Central, en el Directorio de Juntas Electorales de Zona.
Por ejemplo, en el caso de Madrid, el propio Ayuntamiento recoge la dirección de la Junta Electoral de Zona de la capital: calle Manuel Luna, 29. Alude a que una de sus funciones es la "tramitación de la presentación de excusas (motivos y razones por las que no se puede asistir a las mesas)".
Sin embargo, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, se pueden encontrar otras Juntas Electorales de Zona en la región, como se indica en la web de la Junta Electoral Central. Hay oficina en Navalcarnero, Alcalá de Henares, Aranjuez, Colmenar Viejo, San Lorenzo de El Escorial y, como se ha mencionado, en Madrid capital.
En este caso, habrá que presentar en la oficina el DNI y el nombramiento de la mesa electoral, así como los documentos necesarios, en cada caso, para demostrar que se cumplen uno de los motivos justificados para no poder acudir a la mesa electoral.
Cómo presentar el justificante online
Por otro lado, la opción de justificar la ausencia en la mesa electoral de forma online es una nueva modalidad que ha sido aprobada por la Junta Electoral mediante la Instrucción 2/2023, de 13 de abril.
En ella se indica que la presentación de excusas para no acudir a la mesa el día de las elecciones se tramita en el buzón online habilitado para ello.
Una vez dentro, basta con introducir el DNI electrónico, certificado electrónico o una cl@ve para acceder y poder presentar la documentación necesaria.