
En aras de garantizar un mínimo de ingresos a los trabajadores mayores de 52 años en situación de desempleo que han agotado el paro el Gobierno prevé el reconocimiento del subsidio para mayores de 52 años, una ayuda de 480 euros mensuales que pueden cobrar hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación.
Para poder ser beneficiario de esta prestación el principal requisito es que el solicitante tenga, como su propio nombre indica, más de 52 años en la fecha en la que agotó el paro y estar en desempleo total o, como mucho, trabajando a tiempo parcial. Asimismo, desde el Ministerio de Trabajo aclaran que la persona deberá encontrarse en una de las siguientes dos situaciones legales:
- Haber agotado el día 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad la prestación contributiva por desempleo.
- Acreditar situación legal de desempleo el día 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad, habiendo cotizado al menos 90 días.
Dada la dificultad añadida que tienen los trabajadores de cierta edad para reincorporarse al mercado laboral, el Ejecutivo ofrece esta ayuda para los que no puedan acceder a la pensión contributiva de jubilación por no cumplir con el requisito de la edad. No obstante, estas no son las únicas condiciones que debe cumplir la persona que solicite el subsidio para mayores de 52 años, queda uno de los más importantes: acreditar carencia de rentas.
Para cumplir con este requisito el interesado debe demostrar que sus ingresos no superan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento durante todo el tiempo de percepción del subsidio. Ahora bien, pueden darse una serie de supuestos en los que, de forma extraordinaria, las rentas del beneficiario rebasen este límite, situación en la que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) podría proceder a suspender o retirar el subsidio.
Qué pasa con las herencias y el subsidio
A los beneficiarios de ciertas prestaciones, como es el subsidio para mayores de 52 años, se les exige comunicar al SEPE cualquier cambio en su situación económica que pueda afectar a la continuidad de la ayuda, ya que de no hacerlo se considerarán cobros indebidos y podría solicitarse el reintegro de las cantidades a la Seguridad Social.
Esto es porque el subsidio para mayores de 52 años es una ayuda destinada a aquellos trabajadores que acusan situación de vulnerabilidad económica, por lo que si, por ejemplo, reciben una herencia, podrían superarse los límites permitidos y perder el derecho a la prestación. De este modo, si el SEPE detectase que un beneficiario mayor de 52 años ha cobrado una herencia y no lo ha notificado correctamente podría suspender la prestación, exigir la devolución de pagos indebidos o incluso imponer sanciones en casos de omisión intencionada.
Al exigir la declaración de cambios en el patrimonio lo que busca el SEPE es evitar el fraude y reasignar los recursos a personas en mayor situación de vulnerabilidad. Por todo esto lo mejor siempre será informar al organismo de cualquier transformación en nuestro nivel de ingresos si somos beneficiarios de este subsidio para que pueda considerar recalcular la cuantía a percibir.
En referencia a esto, sabemos que la cuantía mensual del subsidio por desempleo para mayores de 52 años es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), un baremo que se utiliza precisamente para clasificar a las personas en situación de vulnerabilidad económica. No obstante, lleva congelado varios años.
La última vez que se actualizó este cómputo fue con los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, cuando se situó en los 600 euros mensuales. Teniendo en cuenta que los mayores de 52 años cobran el 80% de este indicador, recibirán una cuantía mensual de 480 euros.
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