
La okupación de viviendas genera un amplio debate social sobre cómo proteger la propiedad privada, qué medidas de prevención se podrían poner en marcha o cuáles son las actuaciones más efectivas para desalojar a los inquilinos no deseados. Desde la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) consideran que la única alternativa real y viable para erradicar, de una vez por todas este fenómeno debe ser administrativa, delegada en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, tal como sucede en otros países de Europa.
En concreto, desde la compañía proponen que cuando un okupa entra ilegalmente en una vivienda, ya sea por razones de vulnerabilidad o no, debe ser desalojado por las fuerzas de seguridad, dotándolas de las competencias necesarias para intervenir, "al igual que cuando un ladrón roba algo, que se le detiene cuando se le localiza". A su juicio, este enfoque administrativo evitaría la intervención judicial, que a menudo retrasa los procedimientos, al mismo tiempo que aliviaría la carga de trabajo de los tribunales, permitiéndoles centrarse en otros asuntos.
Los esfuerzos deben orientarse, dicen, no en legislar procedimientos más rápidos para desalojar a los okupas, sino en dotar a nuestros cuerpos de seguridad con las herramientas necesarias para actuar de inmediato ante una ocupación. "Ya sea en un plazo de 24 horas, como ocurre actualmente, o en un plazo mayor, lo cierto es que para este tipo de ilegalidades no deben existir plazos de actuación, si no que se debe actuar a partir de cuando se descubre la comisión del delito", detallan.
Además, y según José Ramón Zurdo, CEO de la Agencia Negociadora del Alquiler, también habría que obligar a que todos los contratos de arrendamiento sean por escrito, eliminando así los acuerdos verbales que hoy en día siguen siendo una fuente de conflicto. Por otro lado, sugiere crear un registro público de contratos de arrendamiento con inscripción obligatoria para todos los alquileres de viviendas, similar a los que ya existen en diversas comunidades autónomas. Esta inscripción debería producir efectos jurídicos frente a terceros.
De esta forma, explica, las fuerzas de seguridad podrían verificar, de manera telemática cuando visitan las viviendas okupadas, si el contrato de arrendamiento presentado por los okupas está registrado. Si no lo estuviera, podrían proceder inmediatamente al desalojo.
Aunque esta medida puede no parecer la más popular desde una perspectiva social, Zurdo subraya que no es aceptable que se vulneren los derechos de los propietarios, quienes se ven obligados a soportar un problema cuya solución debería corresponder al Estado. Este debe garantizar viviendas suficientes para atender a los colectivos más vulnerables, sin recurrir a legislaciones intervencionistas que desincentivan a los arrendadores y reducen la oferta de alquiler.