Vivienda - Inmobiliario

El alquiler de temporada que el Gobierno va a regular se desboca en España

El trasvase del alquiler permanente al de temporada se intensifica. Antes incluso de que entrara en vigor la controvertida ley de vivienda en mayo de 2023, los propietarios se refugiaron en esta modalidad de arrendamiento para evitar la regulación de precios o las prórrogas extraordinarias de contratos que contempla la norma. Ahora, los datos de idealista constatan que el cambio de modalidad de alquiler se ha acelerado: la oferta del permanente bajó un 15% en el primer trimestre del año, mientras que el de temporada creció un 56%, por lo que ya supone el 11% del total de las casas ofertadas a nivel nacional. El mercado sigue cambiando de forma.

La modalidad temporal creció con fuerza en los grandes mercados del país de un año a otro. Es el caso de Palma y Málaga, que cuentan con un 79% más de este tipo de viviendas. En una situación similar se encuentran San Sebastián (77%), Sevilla (74%), Valencia (62%), Madrid (56%), Barcelona (53%) y Bilbao (49%). Además, algunos mercados secundarios experimentaron aumentos de tres dígitos. Es el caso de Granada (196%), Vitoria (180%) o Santa Cruz de Tenerife (117%).

Según explican desde el portal inmobiliario, "los mayores y más espectaculares incrementos de oferta" de se produjeron en pequeños mercados donde este fenómeno era hasta ahora prácticamente inexistente y en los que la aparición de un puñado de anuncios ha provocado subidas muy pronunciadas. Son los casos de Badajoz (2.560%), Cáceres (800%), Huelva o Lleida (650% en ambos casos). Por el contrario, en cuatro capitales los alquileres temporales se han reducido durante este año: Lugo (donde han desaparecido), Teruel (-67%), Palencia (-33%) y Ávila (-33%).

En cuanto al peso total que tienen los alquileres temporales en el mercado, destacan San Sebastián y Barcelona, donde representan el 30% de las viviendas ofertadas, mientras que en Cádiz llegan al 21%. Les siguen Badajoz (18%), Madrid (15%), Valencia (13%) y Málaga (13%). Por debajo de esta cifra se encuentran los mercados de Palma, Santander y Bilbao (con el 11% en los tres casos).

Por el contrario, en las zonas menos tensionadas esta modalidad es prácticamente inexistente, ya que en cinco capitales el peso de la misma sobre el mercado ronda el 0%. Se trata de las ciudades de Soria, Lugo, Ceuta, Ourense y Guadalajara. Con el 1% se encuentran las capitales de Ciudad Real, Melilla, Teruel y Palencia.

A finales de 2023, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana (Mivau) constituyó un grupo de trabajo para avanzar en una propuesta normativa que regule los contratos de arrendamiento para uso distinto del de vivienda. El objeto es abordar la problemática que se está produciendo por la disminución de la oferta de alquiler de vivienda habitual puesto que muchos propietarios están eligiendo otras categorías de alquiler para poner sus casas en el mercado. La próxima reunión de este grupo de trabajo será el jueves 18 de abril. "Vamos a abordar en primer lugar la cuestión de los alojamientos temporales", anunciada Isabel Rodríguez, ministra de Vivienda y Agenda Urbana, la semana pasada.

Menos alquileres permanentes

Los alquileres de larga estancia siguen cayendo en este último año en los principales mercados. El mayor descenso se produjo en Bilbao (-33%), seguido por Sevilla (-27%), Madrid (-24%), San Sebastián (-22%), Palma (-20%) y Barcelona (-15%).

Aún así, dos grandes mercados han visto cómo su oferta crecía ligeramente: Valencia (4%) y Málaga (2%), mientras que en Alicante se ha mantenido estable. Entre el resto de ciudades, la mayor caída se ha dado en Córdoba (-66%), Oviedo (-46%), Palencia y Ávila (-41% en ambos casos), mientras que las mayores subidas se han producido en Cuenca (35%), Girona (23%), Soria (17%), Almería (15%), Huelva (13%) y Teruel (11%).

Para Francisco Iñareta, portavoz de idealista, "los datos del primer trimestre siguen poniendo de manifiesto que legislar de espaldas a los propietarios acaba destruyendo el mercado. Las medidas adoptadas en materia de alquiler han trasladado la oferta del alquiler permanente al alquiler de temporada, una formula perfectamente legal, pero que viene a dificultar aún más el acceso a la vivienda de las personas y las familias más desfavorecidas".

¿Por qué no les afecta?

Los alquileres de temporada se regulan por el Código Civil y la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y se les considera arrendamientos para uso distinto a vivienda. La clave de esta modalidad es que no se destina a vivienda habitual y permanente, y sirve de alojamiento durante un periodo de tiempo muy concreto (por lo general, inferior al año). Eso sí, el motivo del alquiler tiene que estar debidamente justificado en el contrato o de lo contrario podría ser considerado fraude de ley.

"Se considera alojamiento de temporada "los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por temporadas, para una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente, cualquiera que sean las personas que los celebren", explica el artículo 3 de la LAU.

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