
La consejera de Territorio de la Generalitat, Ester Capella, ha asegurado que la administración catalana seguirá defendiendo la aplicación de un índice regional de referencia de los precios del alquiler pese a que el Gobierno central ultima un indicador homogéneo para toda España y que abarca un rango de precios, en vez de un importe fijo como estipuló la autonomía.
En rueda de prensa desde Madrid tras mantener reuniones informales de urgencia con el Ministerio, Capella ha criticado que con esta postura el Gobierno incumple lo pactado con la Generalitat el 11 de enero respecto a aplicar un índice combinado y fija un marco "que no bajará los precios del alquiler en Cataluña".
Asimismo, ha expuesto que el Ejecutivo de Pere Aragonès seguirá reivindicando que en Cataluña se aplique el índice de precios de referencia del alquiler creado hace años por la Generalitat cuando su importe se sitúe dentro del rango del índice estatal, y que en caso de situarse fue de la horquilla de precios nacional, se aplique en la autonomía el mínimo o el máximo del rango estatal, según cuál sea la cifra más próxima al índice catalán.
Capella ha repasado que, en la última década, los precios del alquiler han subido más de un 60% en Barcelona, y entre un 42% y un 46% en Cataluña: "No es suficiente contener, el precio debe bajar", ha aseverado.
Ha agregado que el mercado de la vivienda no es homogéneo en España y que la norma estatal de la nueva Ley de Vivienda ya contemplaba un sistema de índices, y ha lamentado que, si no se alcanza un acuerdo con el Gobierno, la coexistencia de dos índices diferentes generará "distorsiones".
Referencias dispares
La Generalitat esgrime que, tras realizar sesiones de trabajo con el Ministerio comparando los dos índices, primero con 2.500 muestras y más adelante con 23.000, se detectan "muchas situaciones en las que el rango superior está bastante o muy por encima del Índice catalán, con diferencias que pueden ir, según los supuestos, entre los 100 y 400 euros en una vivienda".
El Govern también reprocha que el rango definido por el Estado muchas veces es demasiado amplio: "En el mercado, entendemos que dos viviendas idénticas situadas en el mismo lugar pueden oscilar de precio alrededor de un 15%, pero en el Índice estatal encontramos diferencias en muchos supuestos que superan el 45%".
Asimismo, el Ejecutivo catalán está en contra de que existan criterios que ponderen al alza el precio que no son objetivables, como por ejemplo en el caso del estado de mantenimiento, donde existe un gradiente que va del estado deficiente al perfecto estado, en el que el propietario tenderá a consignar siempre una buena calificación sin que la Administración tenga herramientas para verificar si el dato es cierto o no.
Finalmente, la Generalitat considera que el Estado minimiza la importancia del índice señalando que sólo se aplicará a los nuevos contratos que se incorporen por primera vez al mercado, pero que la mayoría son contratos alquilados que se regirán por la regla del contrato anterior.
"Por los datos de que disponemos, un mínimo del 20% de los contratos de alquiler anuales no habían sido alquilados en los últimos cinco años. Aparte de éstos, debe tenerse en cuenta que para todas las viviendas de los grandes tenedores -propietarios de cinco pisos o más- se aplicará el índice, tengan o no un contrato anterior", esgrimen desde el Ejecutivo de Pere Aragonès.
Recurso de inconstitucionalidad
La falta de sintonía entre ambas administraciones en materia de vivienda ya se plasmó la semana pasada en los acuerdos semanales del Ejecutivo catalán, que tras meses de negociaciones infructuosas con el Gobierno anunció que presentaba recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley estatal de vivienda por vulneración de competencias, aunque ninguno de los artículos recurridos hace referencia al sistema para la contención de las rentas del alquiler.
En concreto, el Govern recurre 11 artículos, completos o algunos apartados, y dos disposiciones transitorias de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. Según el Consejo de Garantías Estatutarias, estos artículos y disposiciones vulneran las competencias exclusivas de la Generalitat en materia de vivienda, o bien la de urbanismo o ambas a la vez. El Consejo también detecta vulneración del principio de autonomía financiera y autonomía de gasto de la Generalitat.
Aduce que los términos tan genéricos en los que están redactados estos preceptos podrían permitir el desarrollo de una política pública del Estado en materia de vivienda que desplazaría a la política pública propia de la Generalitat.
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