
En la localidad madrileña de Tres Cantos se está construyendo una promoción de viviendas con protección pública de precio limitado (VPPL), un conjunto de 209 viviendas plurifamiliares destinadas al alquiler asequible.
Se puede optar a una vivienda de 1, 2 o 3 dormitorios, y lo más importante, con garaje y trastero. Destacan que el 4% de ella están adaptadas para personas con movilidad reducida. Cabe señalar que se entregan sin amueblar, solo vienen con un armario empotrado en el vestíbulo de la entrada y armarios exentos en los dormitorios. La cocina cuenta con muebles altos, un horno de acero inoxidable, una placa de inducción y una campana extractora. Los baños tienen platos de ducha y la climatización funciona mediante aerotermia. Además, todas las viviendas disponen terraza.
Por último, incluye un servicio de conserjería de 10 horas diarias, piscina con solárium, gimnasio y jardín con zona de juego infantil. La promoción se ubica en la Calle Letonia, en el barrio de Nuevo Tres Cantos.
Opciones de alquiler: Viviendas de 1, 2 o 3 dormitorios
Las opciones de alquiler son viviendas de un dormitorio, con una superficie de 50.32 m2 útiles, un parking y un trastero; este tendría un precio desde 614 euros al mes. Con dos dormitorios, 67.13 m2, un o dos parkings y un trastero; desde 763 euros al mes. Y con tres dormitorios de 85.01 m2 útiles, con dos parkings y un trastero, desde 998 euros al mes.
Fechas claves para el alquiler de estas viviendas
-Las fechas claves para optar a la vivienda son: El 7 de noviembre de 2023 a partir desde las 9:00 es la apertura de inscripciones desde la web convivemadridalquila.com. Esta es la fecha en la cual los interesados podrán registrar formalmente su solicitud de inscripción para poder optar a un alquiler.
-La primera adjudicación será el 7 de febrero de 2024. En esta fecha se realizará la primera asignación de viviendas entre los inscritos. Después de esto, la asignación de viviendas se hará de manera recurrente según se vayan liberando viviendas. Ya sea por no darse la adjudicación efectiva entre los inscritos anteriores o por la rescisión contractual de inquilinos.
-La entrada de los inquilinos será en junio de 2024. Es una fecha orientativa y dependerá de cómo avance el calendario de construcción y obtención de licencias. En esta fecha, los inquilinos podrán residir en su vivienda.
Requisitos para poder alquilar las viviendas
Antes de realizar la inscripción hay que tener en cuenta los siguientes requisitos de acceso a la vivienda que están determinados en base al Decreto 84/2020, de 7 de octubre de la Comunidad de Madrid.
-Uno de los requisitos es que sea tu residencia habitual y carecer de otra vivienda en todo el territorio nacional.
-Ser mayor de edad o menor emancipado.
-Tener nacionalidad española o residencia legal en España.
-Cumplir con los límites de ingresos brutos establecidos según el tipo de vivienda.
-No destinar más del 35% de los ingresos netos anuales de la unidad de convivencia al pago de la renta total anual.
-Prioridad para aquellos empadronados y/o con su centro de trabajo en el municipio al que se opta a una vivienda con una antigüedad mínima de 3 años.
El procedimiento de adjudicación
La asignación de viviendas se hará según el orden cronológico de inscripción y siempre que se cumplan con los requisitos nombrados anteriormente. Si te adjudican una vivienda, se pondrán en contacto contigo para decirte las características de la vivienda ofertada y requerirse de la documentación necesaria para la acreditación de requisitos, algo que se debe aportar en un plazo máximo de 10 días naturales desde el requerimiento. Cuando se acredite todo, se firmará el contrato de manera digital. Las llaves se entregarán en un plazo no superior a tres meses desde la firma.
Documentación necesaria
-Autorización de tratamiento de datos de carácter personal (firmada por todos los mayores de edad conforme dan su consentimiento al traslado de los datos).
-Fotocopia -por ambas caras- del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), vigentes a la fecha del requerimiento.
-Certificado del Registro Central de Extranjeros.
-Acreditación de concesión de emancipación.
-Certificado de discapacidad.
-Dictamen de necesidad de adaptación de vivienda.
-Título de familia numerosa.
-Libro de familia o declaración responsable de unidad de convivencia no familiar.
-Sentencia judicial de separación o divorcio.
-Declaración de la renta (IRPF).
-Otras informaciones sobre ingresos (nóminas, certificado de pensión, declaración responsable, etc.).
-Nóminas o certificados de ingresos de prestaciones reconocidas a nivel estatal de los tres (3) meses -anteriores a la fecha del requerimiento de la documentación.
-Informe de vida laboral.
-Certificado de titularidades o Informe de No Titularidad del Registro, en su caso.
-Nota simple del Registro de la Propiedad.
-Empadronamiento y/o contrato de trabajo u otra acreditación de centro de trabajo.
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