
El Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), es un impuesto directo de titularidad municipal, de carácter periódico, real y obligatorio en todos los ayuntamientos, quiénes deben gestionarlo. Este impuesto grava el valor de los bienes inmuebles.
El IBI se paga por ser el titular de alguno de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. La persona obligada a pagar serán las que son titulares de los siguientes derechos: De una concesión administrativa sobre los propios inmuebles o sobre los servicios públicos a que se hallen afectos; de un derecho real de superficie; de un derecho real de usufructo y del derecho de propiedad.
Y tendrán que pagar el IBI las personas que son titulares del inmueble a 1 de enero del año en curso. El plazo para pagarlo este año en el Ayuntamiento de Madrid es del 1 de octubre de 2023 hasta el 30 de noviembre de 2023. El período positivo coincide con el año natural, al pagar se tiene derecho a recibir el justificante del pago realizado, estos justificantes de pago pueden ser en forma recibo.
Ahora, el Ayuntamiento de Madrid ha informado que quién no haya recibido o haya extraviado el recibo para el pago, puede pedir un duplicado en el portal del contribuyente en las siguientes fechas. Para el IBI, puede pedir un duplicado hasta el 30 de noviembre de 2023.
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