
Los españoles suelen comprar su primera casa a una edad más avanzada que la mayoría de sus vecinos europeos. A pesar de esta diferencia considerable, existen formas de lograr que los jóvenes en España aceleren el proceso.
A la hora de obtener la concesión de un crédito bancario, la edad es una de las variables de peso. Tanto es así, que si una persona menor de 30 años acude a su entidad bancaria para solicitar un crédito, lo más probable es que se le examine minuciosamente antes de ofrecérsele dicha posibilidad.
Sin embargo, existe la posibilidad de que sus progenitores, o algún otro familiar, adquieran el inmueble para su hijo o hija, al que se lo transferirán cuando el mismo haya obtenido con contrato laboral fijo, y disponga de cierta estabilidad económica.
Traspaso: dos inconvenientes
La Ley Hipotecaria en España ofrece la posibilidad de traspasar un préstamo a otra persona. Por contra, esto incluye dos requisitos: el primero, que en general el banco exige el pago de una comisión para el trámite; y además, la misma entidad deberá estudiar el perfil del destinatario de la operación antes de aprobar la transferencia.
Esto también se puede llevar a cabo cuando se adquiere una casa de segunda mano, la cual ya incluye una hipoteca. En estas situaciones el vendedor normalmente transfiere su inmueble y la hipoteca al comprador, ante la aprobación del banco, en vez de cancelar el préstamo hipotecario y vender su vivienda.
En el caso de que una pareja comparta una hipoteca, y sus miembros decidan separarse, aquí uno de los conyugues se saldría del contrato, lo cual se puede realizar modificando el préstamo.
¿Cómo llevar a cabo el traspaso?
Cambiar de titular en un préstamo hipotecario equivale a modificar el contrato de la hipoteca, esto es, a negociar con la entidad bancaria las nuevas cláusulas para el préstamo de ese momento en adelante.
La operación descrita también se denomina subrogación del deudor. Esta puede implicar que se endurezcan los avales, peo también que se produzca un cambio en la duración del préstamo o en el tipo de interés. Estos cambios pueden producirse si el banco considera que el nuevo titular posee menor solvencia que su antecesor.
¿Cuál es su coste?
Para traspasar la hipoteca se deben modificar primero las condiciones del contrato. Esta operación suele requerir el pago de una comisión. La cantidad a abonar, que debe aparecer reflejada en el mismo contrato, es un porcentaje (normalmente menos al 1%) sobre el capital pendiente de devolver.
A parte, los costes del nuevo registro deberán ser pagados íntegramente por el interesado, mientras que este aportará también la mitad de los gastos de notaría. La otra mitad de estos correrá a cuenta de la entidad bancaria.
Finalmente, y aunque no suceda en todos los casos, se puede dar la posibilidad de que el banco desee tasar nuevamente la vivienda. En ese caso, la operación también deberá pagarla el titular del crédito en su totalidad.