El Supremo aclara su doctrina
- 18/09/2014, 09:45
El Tribunal Supremo acaba de pronunciarse sobre el cálculo de la pensión correspondiente por incapacidad permanente, fijando que éste no incluye los días cuota, es decir, los correspondientes a las dos pagas extraordinarias obligatorias. Éstos se computan como cotizados para completar el periodo mínimo de cotización exigido para acceder al derecho a distintas prestaciones, con excepción de la jubilación.