
Ciudadanos llevará al Pleno del Congreso de la próxima semana su proposición de ley de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) con la que pretende reforzar la independencia judicial cambiando el sistema de elección de los veinte vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
El debate llega en medio del cruce de reproches entre el presidente del Gobierno Pedro Sánchez y el líder del PP, Pablo Casado, por la renovación de las instituciones a la que se niega el PP, entre las que se encuentra la del órgano de gobierno de los jueces, que acumula un retraso de dos años.
¿Qué dice la ley actual?
La Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) vigente establece que ocho de los 20 vocales que conforman el CGPJ, cuatro deben ser propuestos por el Congreso y otros cuatro por el Senado -los elegidos deben ser juristas de acreditada competencia-. Y los otros 12 son escogidos también por las Cámaras legislativas (seis cada una) entre jueces y magistrados en activo.
Según Cs, este sistema de elección menoscaba la garantía de independencia de los miembros de la carrera y propone establecer criterios objetivos de evaluación para su nombramiento para garantizar un proceso de selección independiente, imparcial y transparente.
Además, la formación naranja recuerda que así lo establece el GRECO (Grupo de Estados contra la Corrupción) del Consejo de Europa en las recomendaciones que viene realizando a España que, recuerdan, se han obviado.
Ocho propuestas para la reforma
La proposición de ley de Ciudadanos que llevará a la Cámara baja contiene ocho puntos a reformar en el proceso de renovación del CGPJ:
1. Elección de vocales. Que los doce vocales de procedencia judicial sean elegidos directamente por los jueces y magistrados, y que se refuerce la objetivación de los criterios de mérito y capacidad en la elección de otros ocho vocales del CGPJ.
"A tal efecto, se garantiza que todos aquellos nombramientos o propuestas de nombramientos y promociones que impliquen algún margen de discrecionalidad o apreciación de méritos se cubran conforme a una baremación lo más objetivada posible, adoptándose las cautelas necesarias para preservar la imparcialidad en dichas designaciones", señalan en su texto.
2. Dedicación exclusiva. Mantener la autonomía presupuestaria del órgano de gobierno de los jueces pero asegurando la dedicación exclusiva de sus miembros.
3. La Presidencia. Sobre el presidente del CGPJ, que lo es a su vez del Tribunal Supremo, el partido naranja propone asegurar la experiencia y reconocido prestigio de la persona elegida para el cargo, que deberá proceder del propio Supremo y con al menos al menos cinco años de antigüedad en este órgano.
4. Avales. Cs plantea que el juez que lo desee pueda presentarse para ser vocal si dispone de 25 avales o del aval de una asociación profesional. Después, cada juez podrá votar a un máximo de seis candidatos en una única circunscripción nacional mediante listas abiertas y voto personal, libre, igual, directo y secreto.
5. Limitación de mandatos. La proposición de ley de Cs limita a dos los mandatos que pueden permanecer en su cargo el presidente y los vocales del CGPJ, el presidente de la Audiencia Nacional, los presidentes de los tribunales superiores de justicia y los de las audiencias provinciales.
6. Carrera judicial. Propone una carrera judicial "basada en el mérito y la capacidad" en la que los criterios para ascender estén objetivados y sean iguales para todos, y que los presidentes de Sección y de Sala, así como los magistrados del Supremo, sean elegidos en un concurso de méritos público y transparente por antigüedad, especialización y evaluación continua.
7. CCAA. El texto suprime el nombramiento de magistrados en los Tribunales Superiores de Justicia de las distintas comunidades por parte de los Parlamentos autonómicos, para evitar que los políticos nombren a aquellos magistrados que tendrán que juzgarles si son investigados y procesados por algún delito.
8. Puertas giratorias. La iniciativa regula las "puertas giratorias" entre la política y el Poder Judicial, de manera que los jueces procedentes de la política no podrán regresar a la magistratura hasta pasados dos años y no podrán incorporarse a juzgados y tribunales donde se instruyan o conozcan causas judiciales en las que sean partes investigadas o enjuiciadas miembros de partidos políticos con los que estuvieran o hubieran estado vinculados.