
Muchas voces reclaman una normativa que acabe con la existencia de lagunas legales que dificultan la adopción de medidas preventivas y cohercitivas por las comunidades autónomas para combatir los rebrotes. La intervención de los jueces es una buena muestra de esta carencia normativa, puesto que unos aceptan las medidas preventivas adopradas por las autoridades en unos lugares y otros las rechazan, por afectar a derechos fundamentales de los ciudadanos.
El Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, por el que se prorroga el estado de alarma estipula que la autoridad competente delegada para la adopción, supresión, modulación y ejecución de medidas correspondientes a la fase III del Plan de desescalada es, en ejercicio de sus competencias, exclusivamente quien ostente la Presidencia de la comunidad autónoma, salvo para las medidas vinculadas a la libertad de circulación que excedan el ámbito de la unidad territorial determinada para cada región.
Son, por lo tanto, las comunidades autónomas las que pueden decidir, con arreglo a criterios sanitarios y epidemiológicos, la superación de la última fase de la desescalada y desarrollar las competencias sanitarias transferidas por el Estado.
"En el Real Decreto-ley 21/2020 de 9 de junio se asienta la 'nueva normalidad' en relación con asuntos como la obligatoriedad del uso de mascarillas"
El problema está en la movilidad de las personas, un derecho fundamental amparado por el llamado 'núcleo duro' de la Constitución, que únicamente puede ser limitado por la declaración del estado de excepción, máximo grado de medias extraordinarias, por encima del estado de alarma, que tantas protestas generó durante sus sucesivas prórrogas.
En el Real Decreto-ley 21/2020 de 9 de junio se asienta la 'nueva normalidad' en relación con asuntos como la obligatoriedad del uso de mascarillas, el mantenimiento de la distancia de seguridad, los aforos de los distintos establecimientos o la coordinación con las Administraciones Públicas en el ámbito sanitario, entre otros asuntos. Además, quedan vigentes las medidas adoptadas por el Gobierno durante el estado de alarma y que le han sobrevivido.
Queda claro, por tanto, que si hay rebrotes y se hace necesario, por su gravedad, volverá la situación de confinamiento ninguna de estas normas resultará suficiente y el Gobierno podría volver a decretar el estado de alarma, con todo lo que ello conlleva.
Un nuevo campo de actuación
La propia vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, ha hablado durante el estado de alarma de que la legislación ordinaria, que invocaba el PP como una alternativa a la excepcionalidad constitucional no es suficiente, tal y como está ahora mismo, para acompañar la desescalada, por ello, reiteró en diversas ocasiones que una vez culminada la transición sí creía que necesitará un nuevo campo de actuación para poder combatir futuras epidemias.
"La coordinación entre las comunidades autónomas se ha demostrado inexistente, como en otros muchos ámbitos de la vida ciudadana"
Calvo se refería a la Ley General de Sanidad, a la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública; a la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud; y a la Ley General de Salud Pública. Medidas incluidas en el calendario legislativo que la Comisión de Reconstrucción ha recomendado elaborar al Parlamento.
A parte, la coordinación entre las comunidades autónomas se ha demostrado inexistente, como en otros muchos ámbitos de la vida ciudadana. Buena muestra es que se han adoptado diecisiete tipos de medidas, algunas de ellas contradictorias entre unas y otras Administraciones y que después de la celebración de la sesión extraordinaria del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, solo seis comunidades han adoptado todas las recomendaciones de Sanidad.
"El ministro fía la solución del dislate normativo a la unificación de criterios de los tribunales, merced a los recursos que se planteen"
Al hilo de esta situación, he escuchado al ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, en una entrevista radifónica decir que "en todo caso, con esta pandemia las Administraciones Públicas están aprendiendo diariamente, aplicando medidas que no se habían tenido que tomar hasta ahora".
El ministro fía la solución del dislate normativo a la unificación de criterios de los tribunales, merced a los recursos que se planteen. Pero lo que más me ha sorprendido es que niegue que existan estas lagunas legislativas y que conceda, como mucho, que de haberlas, estas son "perfeccionables". Sorprende que quien ostenta la cartera de Justicia no se haga eco de la preocupación de los Grupos Parlamentarios sobre estas lagunas legales en la Comisión de Reconstrucción.
"Quienes quieran soluciones rápidas de las Administraciones tendrán que armarse de paciencia"
Una de las principales conclusiones del trabajo de esta Comisión es la necesidad urgente de "elaborar un calendario de reformas legislativas ante un posible rebrote del Covid-19 o cualquier otra epidemia", pero el calendario no se podrá empezar a plantear hasta que se reanuden las sesiones en el Parlamento en el mes de septiembre y no se hará por Real Decreto-Ley, sino que deberá ser tramitado con el tiempo que ello pueda conllevar y lo que es más importante, después habrá que modificar las leyes sanitarias y cuantas se consideren necesarias.
Y no solo se han encontrado lagunas legislativas en este aspecto, sino que también, entre las recomendaciones de la Comisión, ratificadas por el Pleno, destaca la necesidad de "legislar para aumentar la transparencia en el desarrollo y producción de fármacos para evitar sobreprecios abusivos y retirar los copagos".
Quienes quieran soluciones rápidas de las Administraciones tendrán que armarse de paciencia.
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