Opinión

España toma la iniciativa

El consumidor será el que finalmente cargue con las nuevas figuras impositivas

El Gobierno de Sánchez ha cumplido con lo anunciado y ha aprobado sendos proyectos de ley para establecer cuanto antes el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, conocido como tasa Google; así como el Impuesto sobre las Transacciones Financieras, también llamado tasa Tobin. De este modo, España toma la iniciativa y decide aprobar en solitario ambos tributos sin esperar el consenso internacional.

Tras los múltiples intentos fallidos de la UE para establecer ambos tributos en el ámbito comunitario, y frente a la lentitud del acuerdo en el seno de la OCDE para adoptar medidas impositivas similares a nivel internacional, el Ejecutivo ha decidido no esperar más y aprobar por su cuenta ambos impuestos con el afán de aumentar los ingresos del Estado y cuadrar los Presupuestos.

Se avecina un largo e incierto proceso judicial con motivo de las nuevas figuras tributarias

En cuanto al Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, o tasa Google, su objeto es gravar determinados servicios digitales independientemente de donde esté el domicilio fiscal de la empresa prestadora. Hasta ahora, las firmas que no tienen su sede en España han eludido el pago de Sociedades a través de sus filiales situadas en otros países con un tipo impositivo más bajo. De modo que, con este nuevo gravamen, todas las empresas que presten servicios en línea de publicidad, intermediación y transmisión de datos, estarán obligadas a tributar en nuestro país cuando sus clientes residan en España, cambiando el principio de imposición basado en el domicilio del prestador por el del beneficiario.

Serán contribuyentes del nuevo impuesto las empresas cuya cifra de negocios mundial supere los 750 millones y tengan unos ingresos en España superiores a los 3 millones. Sin embargo, se excluyen expresamente las actividades de comercio electrónico que consistan en la compra de bienes y servicios contratados a través de Internet directamente al proveedor sin utilizar intermediarios. El tipo impositivo será del 3% y la recaudación prevista en el primer año ascenderá a 1.000 millones.

Por su parte, el objeto de la tasa Tobin, es gravar las operaciones de adquisición de acciones de empresas españolas, sin tener en cuenta el lugar de residencia de las personas o entidades que intervengan en la operación. Hasta ahora, las adquisiciones realizadas por personas no localizadas en territorio español no quedan sujetas a ningún impuesto. De este modo, todos los adquirentes de valores de empresas españolas serán contribuyentes de este nuevo impuesto, incluso los intermediarios que actúen por cuenta ajena, pasando a aplicar el principio de emisión y no el de residencia del adquirente para determinar su imposición.

Para exigir este impuesto, la capitalización bursátil de las empresas españolas tiene que superar los 1.000 millones, aunque quedarán excluidas las adquisiciones derivadas de las operaciones de emisión de acciones y de restructuraciones empresariales. El tipo impositivo en este caso será del 0,2% y la recaudación prevista en el primer año subirá a 850 millones.

No obstante, el camino de estos impuestos no estará exento de obstáculos una vez entren en vigor. En primer lugar, la AIReF ha rebajado a la mitad las estimaciones de recaudación de ambos, poniendo en duda las optimistas cifras de Hacienda y comprometiendo el cumplimiento del objetivo de déficit. Por otra parte, las empresas afectadas ya han manifestado su frontal oposición al pago de estos impuestos, de modo que se avecina un largo e incierto proceso judicial que mantendrá en jaque la seguridad jurídica de las nuevas figuras tributarias y en provisionales los ingresos liquidados. Y, por último, las amenazas del presidente Trump que ha anunciado represalias contra cualquier país que adopte unilateralmente tributos a las tecnológicas americanas. De hecho, tales amenazas ya han tenido efecto en Francia, que ha decidido suspender su tasa digital y negociar con EEUU ante el anuncio de nuevos aranceles sobre las importaciones francesas superiores a los 2.000 millones.

Está claro que, sin una unidad de acción, será muy difícil cambiar el actual (no) orden mundial de la fiscalidad internacional, ya que las empresas digitales lo tienen mucho más fácil para escapar de las jurisdicciones nacionales. Pero tampoco es aceptable que los Estados tengan que renunciar sin más a su soberanía por el hecho de que no exista un consenso a nivel global que regule y aporte certeza jurídica a las relaciones económicas internacionales, especialmente en el ámbito de la fiscalidad. Al igual que la lucha contra el cambio climático, si queremos un mundo sostenible en todos los aspectos es necesario empezar a tomar medidas para conseguir un reparto más justo de la riqueza a nivel global. El futuro de nuestro mundo también depende de ello.

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