
El Supremo desestima la pretensión de Oriol Junqueras de que sea excarcelado para que viaje a Estrasburgo y recoja su acta de eurodiputado. El fallo sitúa así en sus términos exactos el reconocimiento de la inmunidad que correspondía a Junqueras, tras ser elegido en las elecciones de mayo, que hizo el Tribunal de la UE.
Muy lejos de la interpretación que el secesionismo esgrime, lo que esta última institución dictaminó se refería al periodo en que el líder de ERC estaba en prisión preventiva y en ningún momento entra a valorar la condena que recibió en el juicio del 1-O. Como el Supremo ha dejado claro, la realidad es que el delito de sedición de Junqueras ha quedado demostrado y sobre él pesa una sentencia firme que lo hace inelegible.