
La modificación del Reglamento General de Vehículos aprobada por el Consejo de Ministros ya se refleja en el BOE, y buena parte de los cambios afectan a los conductores profesionales que se dedican al transporte de mercancías. Por ejemplo, se eleva a 44 toneladas la masa máxima autorizada (MMA) para camiones en configuraciones articuladas o trenes de carretera de cinco o más ejes.
Otra de las novedades afecta a los tacógrafos, un sistema que contabiliza los periodos de actividad y descanso de los conductores para controlar las horas que pasa al volante, la distancia que recorre y la velocidad. Y es que ha entrado en vigor la obligación de incorporar un tacógrafo inteligente de segunda generación en los vehículos que realicen transporte internacional.
En profundidad
De hecho, la Plataforma Nacional Defensa Sector del Transporte ha lanzado un aviso a todos los conductores que todavía circulan con un tacógrafo de primera generación, ya que deberán sustituirlo por uno nuevo. La principal diferencia entre ambos es que el de segunda generación registra de forma automática la posición del vehículo y transmite los datos de forma más fiable y segura.
Siguiendo esta normativa que deriva del Paquete de Movilidad aprobado por la Unión Europea en 2020, desde el 19 de agosto todos los vehículos matriculados a partir de 2019 y que realicen transporte internacional tienen que tener incorporado un tacógrafo de segunda generación. Por otro lado, a partir de ahora las empresas y los conductores tendrán la obligación de mostrar a los agentes durante cualquier control en carretera los registros del tacógrafo de los últimos 56 días.

En cuanto a los vehículos que tienen una Masa Máxima Autorizada (MMA) de entre 2,5 y 3,5 toneladas, la medida entrará en vigor a partir del mes de julio del año que viene. En lo que se refiere al transporte nacional o regional, los conductores pueden seguir utilizando el tacógrafo de primera generación.
Posibles sanciones
Si un conductor de transporte internacional circula sin un tacógrafo de segunda generación, se podría enfrentar a multas que en el peor de los casos ascienden hasta los 30.000 euros. Además, es probable es que se inmovilice el vehículo y, en el peor de los casos, puede haber penas de cárcel de un año para el conductor.