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Ojo con no pagar las multas de tráfico: Hacienda no tendrá miramientos con tu sueldo

  • Hacienda procede al embargo de la cuenta de acuerdo con una siguiente escala

Las multas de tráfico podemos pagarlas o recurrirlas, pero casi nunca es recomendable obviarlas. Los problemas que puede conllevar a la larga seguro que no nos merece la pena. Podemos llevarnos un buen susto al ver la nómina.

Si has decidido pagar la multa de tráfico, recuerda que puedes beneficiarte de la reducción del 50 por ciento por pronto pago. Si has decidido recurrirla, ponte manos a la obra porque tienes unos plazos que cumplir.

Si tu caso no es ninguno de los anteriores y has decidido hacer la vista gorda a las multas de tráfico que te han puesto, debes de saber que la Administración cuenta con todos los resortes legales para acabar cobrando la multa, ya sea embargando nuestra cuenta bancaria o los bienes inmuebles.

Si no hay dinero en la cuenta, irán a por tu salario

La Administración lo primero que hará será cobrar la deuda de la cuenta corriente del infractor que que tenga pendientes deudas por impago de multas de tráfico. Si en esta no hay dinero suficiente, según explican desde Automovilistas Europeos Asociados (AEA), podrán entonces embargar el salario. Pero hay una excepción.

La excepción se encuentra en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que establece que es inembargable el salario, sueldo, o pensión que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional (SMI) que en la actualidad es de 1.134 euros mensuales. Por lo tanto, aquellas personas que no superen dicho umbral económico, no les será embargado.

En caso de que los sueldos o las pensiones domiciliadas en el banco superen este salario mínimo, explican desde AEA, Hacienda procederá al embargo del excedente de acuerdo con la siguiente escala: del importe equivalente al segundo SMI, es decir, de los segundos 1.134 euros, el 30%; de los terceros, el 50%; de los cuartos, el 60%; de los quintos, el 75% y del resto el 90%. Lo vemos con un ejemplo.

Cómo sería el embargo de una multa

Así se realizaría el embargo de una multa de 500 euros a un automovilista que ganara 2.400 euros mensuales:

-Primeros 1.134 euros: inembargables

-Segundos 1.134 euros, el 30% = 340,2 euros

-De los 132 euros restantes, el 50% = 66 euros

-Total Salario 2.400 euros. Embargado = 406,2 euros

Si todavía queda deuda pendiente, no hay problema. Hacienda procederá a realizar el mismo cálculo con el sueldo de otro mes.

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